Orden PRE/723/2012 placa insignia y tarjeta profesional CNI
Re: Consulta sobre placa o distintivo en el CNI
Hombre pues lo de "Agente de la Autoridad", me parece del TBO de los 60´.
A alguien que se identifica con documentación del Centro nadie le va a entrar a discutir si tiene o no carácter de Agente de la Autoridad.
Es un dato bastante técnico que se supone y solo una minoría podría en un momento dado cuestionar.
Además según se especifica en la normativa este carácter solo lo será para determinados miembros del Centro y por lo que se podría deducir de las funciones que se supone que ejercen, no serán muchas las ocasiones en que tendrán que identificarse.
En todo caso, las personas que trabajen en organismos ante los que identificarse, para el ejercicio de sus funciones, las dudas en cuento a su carácter de Agente dela Autoridad o no, se solventan consultando el BOE.
Al ciudadano corriente, ni lo sabe ni le va a importar, por este motivo la inscripción "en letras amarillas" de Agente de la Autoridad, pues parece un poco de chiste.
En todo caso es mi humilde opinión y por supuesto si se ha legislado así, se supone que había una necesidad de ello y una demanda por los interesados.
Espero que no haya sido la idea de algún "iluminado" de los muchos que pupulan por todas partes.
Saludos.
A alguien que se identifica con documentación del Centro nadie le va a entrar a discutir si tiene o no carácter de Agente de la Autoridad.
Es un dato bastante técnico que se supone y solo una minoría podría en un momento dado cuestionar.
Además según se especifica en la normativa este carácter solo lo será para determinados miembros del Centro y por lo que se podría deducir de las funciones que se supone que ejercen, no serán muchas las ocasiones en que tendrán que identificarse.
En todo caso, las personas que trabajen en organismos ante los que identificarse, para el ejercicio de sus funciones, las dudas en cuento a su carácter de Agente dela Autoridad o no, se solventan consultando el BOE.
Al ciudadano corriente, ni lo sabe ni le va a importar, por este motivo la inscripción "en letras amarillas" de Agente de la Autoridad, pues parece un poco de chiste.
En todo caso es mi humilde opinión y por supuesto si se ha legislado así, se supone que había una necesidad de ello y una demanda por los interesados.
Espero que no haya sido la idea de algún "iluminado" de los muchos que pupulan por todas partes.
Saludos.
Re: Consulta sobre placa o distintivo en el CNI
Pues yo opino (por lo que pone en el preambulo) que si que se va a utilizar para temas informaticos. No se como seria la actual tarjeta, pero creo que conociendo como son las de defensa y policia, cabe distinguir las dos que pirtan los integrantes de la guardia civil, una de ellas precisamente preparada para poder albergar el certificado digital. Seria una tonteria hacerles llevar mas targetas aun, cuando pueden hacer una con un certificado de nivel superior.
Por otro lado y segun el mismo preambulo, se aclara que una de las utilidades y por la que ademas se anota esa condicion de Agente de la Autoridad, es para los que realicen labores de proteccion de los propios agentes o las instalaciones.
Nunca he estado dentro de la Casa y no se la condicion de los vigilantes, si son vigilantes privados, guardias, militares o algun funcionario propio rehubicado legalmente. Seguro que mas de unoconocereis como yo conozco la frase de alguien que pretende pasar porencima de lar normas con un: " usted no sabe quien soy yo"
Asunto que queda resuelto con esa "condicion" ya que al ser agente de la Autoridad tiene una potestad coercitiva sobre torrentes y politiquillos.
Como anecdota (esque me conecto desde telefono movil desde hace meses)
Podeisbuscar alguien la placa y carnet que vendia una empresa de "recuerdos" y publicar las diferencias? porque sospecho que van a ser muy parecidas XD
Por otro lado y segun el mismo preambulo, se aclara que una de las utilidades y por la que ademas se anota esa condicion de Agente de la Autoridad, es para los que realicen labores de proteccion de los propios agentes o las instalaciones.
Nunca he estado dentro de la Casa y no se la condicion de los vigilantes, si son vigilantes privados, guardias, militares o algun funcionario propio rehubicado legalmente. Seguro que mas de unoconocereis como yo conozco la frase de alguien que pretende pasar porencima de lar normas con un: " usted no sabe quien soy yo"
Asunto que queda resuelto con esa "condicion" ya que al ser agente de la Autoridad tiene una potestad coercitiva sobre torrentes y politiquillos.
Como anecdota (esque me conecto desde telefono movil desde hace meses)
Podeisbuscar alguien la placa y carnet que vendia una empresa de "recuerdos" y publicar las diferencias? porque sospecho que van a ser muy parecidas XD
Re: Consulta sobre placa o distintivo en el CNI
Mi modesta opinión es que si se ha dado publicidad, en este foro, de dicho BOE, será por algo. Dicen que no hay que creer en las casualidades.
"En la era de la información todo el mundo sabe qué es lo que está pasando, pero muy pocos entienden lo que significa." (Sanz Roldán, en una de sus conferencias)
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Re: Orden PRE/723/2012 placa insignia y tarjeta profesional
Habla de dos cosas, por un lado de identificación como agente de la autoridad (me imagino que haciendo rondas por las proximidades del Centro si hay que identificar a alguien será necesario sacar algún tipo de carnet, lo mismo que si creemos que un alto cargo está siendo seguido por un vehículo sospechoso) y por otro de autentificación y firma digital, como las PKI del Ministerio de Defensa.
Más info sobre las PKI y para que valen, creo que muy similar a estas nuevas tarjetas (que la seguridad la garantiza el CCN) http://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=p ... quJR1P7i9g
Maxbs:
El personal que hace funciones de seguridad en el Centro y de sus altos cargos es del área de seguridad, Grupo D, del propio CNI, donde ellos mismos dicen que se valora tener el Título de Vigilante de Seguridad expedido por el Ministerio del Interior. Cosa distinta a los EBOE, no confundir.
Más info sobre las PKI y para que valen, creo que muy similar a estas nuevas tarjetas (que la seguridad la garantiza el CCN) http://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=p ... quJR1P7i9g
Maxbs:
El personal que hace funciones de seguridad en el Centro y de sus altos cargos es del área de seguridad, Grupo D, del propio CNI, donde ellos mismos dicen que se valora tener el Título de Vigilante de Seguridad expedido por el Ministerio del Interior. Cosa distinta a los EBOE, no confundir.
Re: Orden PRE/723/2012 placa insignia y tarjeta profesional
EBOE's entiendo que son cosa muy distinta, como lo diria. Entiendo que son los acompañantes fuera del territorio nacional, mientras que la gente de los que hablamos y que yo desconocia su estatus laboral son los "porteros" de la Casa o los "apartamentos" en territorio nacional, de ese desconocimiento que no sabia bien si son agentes de la Autoridad (imperativo ser funcionario) o ejerce esa Autoridad de otra manera similar a como lo hacian los desparecidos vigilantes jurados o la mas dudosa que realizan hoy en dia algunos vigilantes de seguridad.
Se me despeja una duda sobre este tema y es que la confianza cambia cuando tratandose del mismo trabajo ejercido por la misma persona hay una empresa con intereses mas que comerciales de por medio.
Mas que interesante, de todas maneras veo importante que de cara al ciudadano se ponga en esa documentacion con colores llamativos (luminosos los pondria yo) la condicion de dicho funcionario.
Se me despeja una duda sobre este tema y es que la confianza cambia cuando tratandose del mismo trabajo ejercido por la misma persona hay una empresa con intereses mas que comerciales de por medio.
Mas que interesante, de todas maneras veo importante que de cara al ciudadano se ponga en esa documentacion con colores llamativos (luminosos los pondria yo) la condicion de dicho funcionario.
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Re: Orden PRE/723/2012 placa insignia y tarjeta profesional
Importante:
Cualquier persona o entidad ante la que se acredite el titular de esta tarjeta tiene la obligación de guardar secreto sobre su identidad.
Cualquier persona o entidad ante la que se acredite el titular de esta tarjeta tiene la obligación de guardar secreto sobre su identidad.
Re: Orden PRE/723/2012 placa insignia y tarjeta profesional
´kilo009 escribió:Importante:
Cualquier persona o entidad ante la que se acredite el titular de esta tarjeta tiene la obligación de guardar secreto sobre su identidad.
Es una indicación importantísima, kilo009.
"En la era de la información todo el mundo sabe qué es lo que está pasando, pero muy pocos entienden lo que significa." (Sanz Roldán, en una de sus conferencias)
Orden PRE/723/2012, de 30 de marzo,Identificación agente CNI
http://www.boe.es/boe/dias/2012/04/13/p ... 2-5036.pdf
http://politica.elpais.com/politica/201 ... 38650.html
Los miembros del CNI tienen un nuevo carné que prohíbe revelar su identidad.
http://politica.elpais.com/politica/201 ... 38650.html
Los miembros del CNI tienen un nuevo carné que prohíbe revelar su identidad.
Saludos.En las películas, los espías son gente discreta, que intenta pasar inadvertida y oculta su profesión a su propia familia. De su habilidad para no ser descubiertos depende el éxito de la misión y, a veces, la propia vida.
En la realidad, los espías acuden también a congresos y archivos oficiales, solicitan ayuda de otros organismos de la Administración y esgrimen con naturalidad su condición de funcionarios públicos, aunque secretos.
Fuente: Boletín Oficial del Estado. / EL PAÍS
Desde 2003, los 3.500 agentes del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) disponen de un carné que los acredita como tales. Pero esta tarjeta, además de anticuada, resulta poco útil, pues su existencia es desconocida incluso por quienes deberían reconocerla, como los policías locales, que contemplan con recelo e incredulidad a sus poseedores.
Para superar estos problemas, la vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría ha dictado una orden (publicada en el BOE del 13 de abril) que detalla las características del nuevo carné de agente secreto, dotado con chip criptográfico y una foto digitalizada para evitar falsificaciones. En la tarjeta se indica (de acuerdo con la ley reguladora del CNI, de 2002) que “las autoridades y funcionarios ante los que se exhiba la misma estarán obligados a guardar secreto sobre la identidad del titular” y a “adoptar las medidas necesarias para preservar” sus datos personales, apariencia y pertenencia al servicio secreto.
Además, este carné será “acreditación suficiente de la identidad de su titular, sin que sea necesario exhibir otra documentación”, a pesar de que en el mismo no figura su nombre y apellidos, sino solo su número profesional. Eso significa, por ejemplo, que para declarar ante un juez los agentes no tienen obligación de revelar su filiación.
Nada de eso afectaría, en principio, al ciudadano de a pie si no fuera porque hay miembros del CNI que tienen la condición de agentes de la autoridad; es decir, gozan de presunción de veracidad en una disputa con un particular, pueden pedir apoyo de la autoridad gubernativa o judicial y están protegidos penalmente frente a quienes les insulten o desobedezcan. Hasta tal punto gozan de privilegios cuasi policiales que el CNI les ha dotado de una placa que deliberadamente se confunde con la del Cuerpo Nacional de Policía.
¿Cuántos espías tienen este poder? Según fuentes del CNI, en torno al 10%, unos 350. Lo que parece mucho, dado que la ley limita tal condición a quienes se dediquen a “la protección del personal del centro y de las instalaciones”; el CNI explica, no obstante, que tiene sedes en todas las provincias y que no solo sus máximos responsables requieren escolta.
En el reverso del carné se indica además: “Cualquier persona o entidad ante el que se acredite el titular de esta tarjeta tiene la obligación de guardar secreto sobre su identidad”. Eso pone al ciudadano ante la tesitura de obedecer a una autoridad que tiene carácter secreto y cuya identidad no puede desvelar ni, por tanto, denunciar.
Un portavoz del CNI argumenta que el ciudadano no puede revelar la identidad del agente (que, por otra parte, no figura en el carné) pero sí exigirle su número profesional. A continuación, puede llamar a la sede del centro (consultando www.cni.es) y verificar si se trata o no de un miembro del servicio secreto. De serlo, debe denunciar cualquier posible abuso de poder, ya que el carné solo puede esgrimirse para el desempeño “de cometidos profesionales”. No para lograr privilegios o presumir.
Por si acaso, los agentes secretos dispondrán de otro documento que los identifica como empleados del Ministerio de la Presidencia, ocultando su condición de espías. En este caso sí, como en las películas.
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Re: Orden PRE/723/2012 placa insignia y tarjeta profesional
Curiosidad, buenas tardes:
Evidentemente si se ven metidos en una cuestión "jodida" no van a sacar el Carnet, pienso que es igual que lo de llevar pistola, cada uno ve sus necesidades reales, pros y contras y decide qué hacer.
Si no me equivoco será así, la placa (estilo CNP) solo la llevará el personal con funciones de Agente de la Autoridad (protección exterior, interior y escoltas básicamente) y el Carnet con numeración todo el personal del Centro.A mi parecer encuentro mas logico, que si te metes en un liio, te detienen, pues tengas un numero especial, que te saque de lios o como mucho que te den un carnet solo con secuencia de numeros, en fin.
Evidentemente si se ven metidos en una cuestión "jodida" no van a sacar el Carnet, pienso que es igual que lo de llevar pistola, cada uno ve sus necesidades reales, pros y contras y decide qué hacer.