Marco Legal de la Seguridad Privada en España

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Esteban
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Marco Legal de la Seguridad Privada en España

Mensaje por Esteban »

En el Consejo de Ministros de hoy se ha retocado la legislación al respecto:
MODIFICADO EL REGLAMENTO DE SEGURIDAD PRIVADA PARA ADAPTARLO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifican algunos artículos del Reglamento de Seguridad Privada para adaptarlos plenamente a la normativa de la Unión Europea. Con esta reforma se ejecutará por completo la sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, de 26 de enero de 2006, que exigía una reforma de dichas normas para adaptarlas a los criterios de libertad de establecimiento y libre prestación de servicios en el marco de la Unión Europea. Previamente ya se había reformado, mediante un Real Decreto Ley de 14 de septiembre de 2007, la Ley de Seguridad Privada de 1992.

Entres las principales novedades que recoge el Real Decreto destacan las siguientes:

* Se suprime el requisito de que las empresas de seguridad deban adoptar necesariamente la forma societaria y, en consecuencia, el de disponer de un capital social mínimo. Por tanto, las empresas de seguridad podrán revestir la forma de persona física o de persona jurídica.
* Se establece la obligación de todas las empresas de seguridad que quieran prestar servicios de seguridad privada en España, sea cual sea el Estado en que hayan sido autorizadas o habilitadas, de inscribirse en el Registro de Empresas de Seguridad que se lleva en el Ministerio del Interior. Para ello, se tendrán en cuenta, y no se exigirán nuevamente, los requisitos ya acreditados o cumplimentados por las empresas de seguridad en otros Estados miembros o firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, como los relativos a fianzas y seguros de responsabilidad civil.
* Los nacionales de dichos Estados que ya cuenten con habilitaciones o autorizaciones expedidas por la autoridades competentes de alguno de los mismos no necesitarán obtener otra nueva en nuestro país, aunque las autoridades españolas verificarán que cumple con todos los requisitos exigidos por la normativa española para prestar servicios de seguridad privada en España.
* Se suprime la exigencia de que las empresas de seguridad privada cuenten con una plantilla mínima de personal, salvo para aquellas dedicadas a las actividades de custodia, depósito y transporte de explosivos.
La necesidad permite lo prohibido.
Hurin
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Seguridad pública & privada

Mensaje por Hurin »

La percepción de las personas respecto a las amenazas y peligros que sufren ellas, allegados o sus bienes; la sensación de estar desprotegido y poder ser victima de un delito es cada vez mayor. Ante esta situación el primer recurso es la seguridad publica, quién tienen la obligación de proteger a las personas y sus bienes. La seguridad privada por encima de la mera protección del patrimonio de su contratante, origen de su creación, por ley debe proporcionar protección a las personas y hacer respetar la legislación en aquellos aspectos que entren dentro de sus funciones, posibilidades y medios.

Las competencias de unos y otros están perfectamente delimitadas, por un lado la protección y en su caso puesta a disposición de la autoridad (policía), por parte de los vigilantes dentro de su espacio de trabajo y por otra todas las que establecen las leyes para las FFSSE (Fuerzas de Seguridad del Estado).

La voluntaria confusión mantenida por parte de algunos partidos, organizaciones y particulares, tiene su razón de ser en una concepción poco realista y dogmatica. Una apología de la utilización de la policía en labores privadas de seguridad en contraposición al vigilante basada en el desconocimiento, desinformación y un rancio pensamiento seudo progresista.

Considerar en el mundo actual que no es necesaria la seguridad privada, es ir contra la historia y el sentido común, solo puede tener una justificación: estar alejado de la realidad. Hay multitud de razones para entender el trabajo que se realiza por parte de los denostados vigilantes y escoltas:

1.-Liberar policías de tareas de vigilancia en entidades privadas y dando la posibilidad de dedicar más recursos humanos al servicio de los ciudadanos.

2.-Cubrir aquellos riesgos personales que significarían un aumento de policías que difícilmente se puede establecer en un espacio de tiempo corto. ¿Quién escoltaría a personas amenazadas si tuviera que esperar a disponer de policías?.

3.-Responsabilizando de los riesgos a los que explotan un negocio y por tanto obtienen beneficios de su actividad. Estos serán los que deben proporcionar la seguridad necesaria dentro de su ámbito y no solo evitar tener pérdidas materiales sino también evitar daños a las personas por parte de terceros.

4.- El coste económico de la protección de una actividad privada no puede recaer en el conjunto de los contribuyentes, puesto que las ganancias se reparten entre los accionistas.

El régimen político influye sobre la mayor utilización de la seguridad privada como forma de aumentar los efectivos de la policía en sus propias funciones y no de aquellas que no afectan a la seguridad ciudadana y emplea a numerosos recursos con objeto de proteger bienes privados.

Pero también tiene repercusión el coste para el estado de mantener puestos de control, vigilancia o de otras labores, así destinar a la policía tiene un precio hora que duplica o triplica la seguridad privada, para el mismo trabajo, siempre hablo de las funciones propias de cada colectivo.

Un saludo.

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Hurin
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¿Deben ser agentes de la autoridad los Vigilantes ?

Mensaje por Hurin »

Las agresiones a vigilantes de seguridad durante su trabajo han aumentado, las razones son diversas, peros no desconocidas, la realidad del día a día de ponen de manifiesto las condiciones en las que desarrollan su función:

• El aumento de la inseguridad ciudadana y por tanto de los actos delictivos.
• La violencia cada vez mayor en nuestra sociedad.
• La ausencia de medidas de protección sobre la persona que ejerce funciones de seguridad.
• La desprotección jurídica del vigilante.
• La mala imagen de la profesión ante la opinión pública.

La agresión física o verbal a un particular no puede equiparse en concepto y pena a la de un vigilante ejerciendo su labor, el ámbito es distinto. Ninguna de ella es justificable, pero en el caso de la persona que ejerce funciones de seguridad, su misión es la de imponer restricciones en función de la ley y la persecución de delitos, no al mismo nivel que un policía pero si como parte de su función. Por tanto la consecuencia es la obligación de realizar acciones que implican: advertir, prohibir, controlar, impedir determinadas actos, identificar, detener, poner a disposición de las FFSS, etc. Todo esto con una autoridad, similar a un ciudadano común, quién esta exento de estas funciones.

Estamos viendo que debido al incremento de las agresiones a profesiones como médicos y enseñantes, ha sido necesario aumentar el nivel de protección jurídica, para intentar detener la escalada de violencia, son colectivos importantes para la sociedad. Pero también lo son aquellos que tienen como responsabilidad velar de forma privada por la seguridad dentro del marco de la legislación.

El argumento más utilizado en contra de dotarlos de una protección jurídica igual o similar a la de agente de autoridad, durante el ejercicio de las funciones que tienen encomendadas, resulta a estas alturas infantil a la vista de las medidas comentadas anteriormente. Consideran que se han producido o se producirían excesos. La respuesta es simple, cada individuo es responsable de sus actos, así si se produce actuaciones irregulares o directamente delictivas, hay un código penal para aplicarlo al infractor, como en el caso de un policía, bombero, miembro de protección civil, médico o maestro, no es una excusa válida. Se debe perseguir el delito independientemente de quién lo comete y después que sea el juez quién determine la inocencia o culpabilidad, los agravantes o atenuantes que afectan a cada caso.


Un saludo.

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Zigor
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Mensaje por Zigor »

Si me lo permites, Hurín, podemos incluir entre las condiciones bajo las cuáles los profesionales de seguridad privada realizan su trabajo, el que es muy habitual que en las empresas de seguridad privada los trabajadores realicen numerosas horas extra (con el fin de adecentar un poco su sueldo, que a razón de lo que dice el convenio, entre 160 y 162 horas mensuales, dejaría un sueldo normalmente ridículo si lo comparamos con el dinero del que hemos venido hablando que pueden cobrar los funcionarios de la seguridad pública, cuando hemos hablado de lo que cobra ó deja de cobrar un agente del CNI, de la GC, del CNP ó de cuerpos policiales locales y autonómicos).

Problema: salen demasiadas horas extraordinarias metidas por los trabajadores de la seguridad privada, demasiadas jornadas de 12 horas que no de 8 horas. Demasiada quemazón del trabajador de la seguridad privada con respecto a sus condiciones laborales, si establecemos comparación con otras profesiones.
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Zigor
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Mensaje por Zigor »

Por la parte de culpa que le pueda tocar en los diferentes puestos de seguridad privada al trabajador a la hora de analizar problemas en esa profesión, quizá ya no tanto, pero hubo alguna época en la que no era difícil encontrar personal del perfil "rambito" ó "vaquero".
".............Jakitea irabazteko............."
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Hurin
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Mensaje por Hurin »

La selección de las personas que deben realizar labores de seguridad es vital, pero para disponer de buenos candidatos el trabajo tiene que ser atractivo tanto económicamente como en su contenido. Las empresas de seguridad privada son ante todo empresas y por tanto la cuestión de la calidad la supeditan al beneficio, así no se preocupan por el trabajo bien hecho sino por contentar a sus clientes prostituyendo las relaciones laborales y permitiendo vulneraciones de la legislación con el único objetivo de conservar el contrato.

La ausencia de una adecuada supervisión psicológica y emocional de los vigilantes tiene como consecuencia situaciones Kafkianas donde los profesionales cualificados tienen que sufrir situaciones de acoso laboral, condiciones de trabajo miserables e incomprensión.
Al final los Rambos y otros subgéneros acaban dominando los servicios, hasta que se produzca un incidente suficientemente serio para trasladarlos, eso después de haber causado deserciones en masa de los buenos profesionales y la gente valida.

Un saludo.
cotoalonso
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MARCO LEGAL S.P-ESPAÑA

Mensaje por cotoalonso »

SALUDOS.comparto con ustedes las opiniones al respecto
añadir que opino que actualmente(2008),la modificacion europea pienso que solo se a tenido en cuenta a las empresas de s.p.pienso que la modificacion de la ley y reglamento,seria positivo siempre que se tenga en cuenta a los trabajadores y sus representates.
resaltar la indefension juridica evidente,en muchas funciones y servicios prestados.
SALUDOS-cotoalonso :idea:
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ZULU
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Re: Marco Legal de la Seguridad Privada en España

Mensaje por ZULU »

Rubalcaba 'privatiza' la seguridad del Estado y vuelve a confiar las escuchas telefónicas a empresas privadas
Alfredo Pérez Rubalcaba (Efe).
Si ya se privatizan hasta las guerras y las cárceles, ¿por qué no poner también la seguridad del Estado en manos de empresas privadas? No se trata de una frívola ocurrencia: Alfredo Pérez Rubalcaba acaba de dar un nuevo paso en esa dirección.
El ministro del Interior no sólo ha ignorado el profundo malestar provocado en las Fuerzas de Seguridad por su decisión, adoptada hace ahora un año, de externalizar los servicios de traducción de las escuchas telefónicas a terroristas y delincuentes extranjeros, sino que casi ha duplicado el presupuesto para este año, que asciende a 4,5 millones de euros.
Ante la creciente amenaza del terrorismo islamista y el crimen organizado internacional, Interior externalizó el pasado año, por primera vez, la traducción de las escuchas telefónicas y la transcripción de las grabaciones que realiza el Cuerpo Nacional de Policía. La plantilla de 300 intérpretes con que cuenta el departamento se había quedado pequeña, pero, en vez de ampliarla, Rubalcaba decidió convocar un concurso público, y Seprotec S. L. fue la adjudicataria por 2,6 millones de euros.
La reacción furibunda de los sindicatos policiales contra Interior y la empresa adjudicataria del servicio, a la que acusaban de proporcionar personal poco cualificado y mal pagado, no se hizo esperar. "Sería mejor que ese dinero se invirtiera en aumentar la plantilla de traductores de Interior, formada por unos profesionales de garantía, y no externalizar el servicio a una empresa que suministra traductores con antecedentes policiales y penales y que van a tener acceso a información delicada", señaló entonces César Pérez, de CCOO.
¿Traductores con antecedentes? En efecto, en mayo de 2008 Seprotec S. L. envió, a petición de la policía, un traductor paquistaní al aeropuerto madrileño de Barajas. Cuando los agentes le reclamaron la documentación para comprobar su identidad, advirtieron que el intérprete tenía antecedentes por la comisión de varios delitos, entre ellos falsificación de documentos y tráfico de drogas.
Poco después ocurrió un caso similar, también en Barajas, con un traductor de origen kurdo sobre el que pesaba una orden de búsqueda y captura. Ambos empleados de Seprotec S. L. fueron detenidos, e Interior abrió un expediente a la empresa, cuyo resultado se desconoce.
Un año antes, en 2007, la policía detuvo en Las Palmas de Gran Canaria a dos intérpretes senegaleses que asistían a los inmigrantes subsaharianos que llegaban en cayucos al archipiélago. Ambos traductores no sólo tergiversaban las respuestas de los sin papeles, a cambio de dinero, para evitar que éstos fuesen expulsados, sino que vendían a las mafias de traficantes la información reservada a la que tenían acceso durante su trabajo.
Seguridad del Estado y derechos fundamentales
"No se puede externalizar un servicio vinculado directamente con la seguridad del Estado y la protección de derechos fundamentales", sostiene José Ramón García, de CSI-CSIF. "Interior necesita un cuerpo de intérpretes, al igual que los ministerios de Asuntos Exteriores y de Presidencia. Dejar en manos de una empresa privada la selección del personal que va a trabajar en temas relacionados con la seguriad del Estado y con documentos de alta confidencialidad pone en peligro no sólo las investigaciones policiales, sino también la vida de los funcionarios de las Fuerzas de Seguridad".
Rubalcaba, sin embargo, ha hecho oídos sordos a las críticas. El contrato con Seprotec S. L. finaliza el próximo mes de junio, pero Interior ya ha convocado un nuevo concurso público, esta vez por 4,5 millones de euros, para la "interpretación de declaraciones orales, traducciones escritas, escuchas telefónicas y transcripción de cintas de audio u otros soportes informáticos en lenguas distintas del idioma castellano, tanto de forma directa como inversa".
El nuevo contrato dará cobertura a las investigaciones del Cuerpo Nacional de Policía en todas las comunidades autónomas, incluidas Cataluña y el País Vasco. Y la empresa adjudicataria estará obligada a cubrir no sólo cualquier idioma oficial, sino también los dialectos más comunes del país de procedencia del detenido o víctima, e incluso los lenguajes especiales para personas discapacitadas.
EX NOTITIA VICTORIA
“Non aurum sed ferrum liberanda patria est”
EXPLURIBUS UNUM
GUAU
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Re: Marco Legal de la Seguridad Privada en España

Mensaje por GUAU »

El Gobierno del Partido Popular culmina la privatización de la seguridad con la excusa de ganar dinero sus amiguetes.
Solo hay una cosa peor que carecer de fuentes de información, es dejarse
seducir por fuentes de información que cuentan mentiras.
paloalto
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Re: Marco Legal de la Seguridad Privada en España

Mensaje por paloalto »

GUAU escribió:El Gobierno del Partido Popular culmina la privatización de la seguridad con la excusa de ganar dinero sus amiguetes.
Pero de verdad te lo crees?
La seguridad está ahora mismo donde ha estado siempre la pública en manos de funcionarios y la privada en manos privadas.
Que se racionalice un poco en determinados casos, a mi me parece bastante coherente.
Es más barato un VJ que un Guardia Civil y puden vigilar lo mismo una garita de una prisión, las puertas de un juzgado o incluso edificios policiales supervisados por algún funcionario.
Hubo un tiempo que los cuarteles de militares, los de GC y PN los limpiaban los usuarios y no había personal de limpieza.
Ahora a nadie se le ocurre que un funcionario que cuesta dos veces lo que un empleado de una empresa de limpieza, se dedique a otras tareas que no sean las propias.
No queremos que los gobernantes administren bien nuestros impuestos?
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