Publicado: 10 Abr 2008 18:23
Una noticia interesante:
El TS devolvió la condición de asilado a Moto porque el CNI no aportó pruebas de que fuera un peligro para España.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo decidió devolver la condición de asilado político al dirigente opositor ecuatoguineano Severo Moto al considerar que el informe presentado por el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) sobre sus actividades no probaba que constituyera 'un peligro para la seguridad de España'.
El alto tribunal anuló el pasado día 11 el acuerdo del Consejo de Ministros que revocó la condición de asilado político del dirigente opositor ecuatoguineano Severo Moto en enero de 2006. Según la sentencia, de la que es ponente Rafael Fernández Valverde, el informe del CNI no contenía 'la más mínima referencia a que alguna de las actividades de Moto hubiera implicado un peligro para la seguridad' y se limitaba a asegurar que la presencia del opositor constituía un riesgo para el país.
De hecho, el Consejo de Ministros justificó la retirada del asilo político en que el criterio del CNI debía 'considerarse motivo fundado'. 'No podemos, en modo alguno, acoger dicha fundamentación', indica el alto tribunal.
La sentencia añade también que las consideraciones del CNI reflejadas en el informe, en el que se afirmaba que Moto constituía 'un riesgo para los intereses y los ciudadanos españoles', pondría 'en compromiso la política exterior española con Guinea Ecuatorial' y supondría un peligro para la colonia en este país, 'carecen de soporte objetivo alguno'.
'No han contado con la más mínima acreditación e incluso han carecido de soporte objetivo alguno para poder deducir, siquiera por la vía de los indicios' el citado riesgo para la seguridad.
TRÁFICO DE ARMAS Y CONTRATACIÓN DE MERCENARIOS. El tribunal considera que tampoco existen pruebas suficientes de la implicación de Moto en el tráfico de armas y en la contratación de mercenarios destinada a promover un Golpe de Estado en su país.
La sentencia menciona en concreto los intentos de golpe de estado que tuvieron lugar en 1997 y en 2004 y el desplazamiento de Moto a Croacia en 2005 para entablar contactos con empresarios petrolíferos y del sector de la compraventa de armamento.
El golpe de 1997 -dice el alto tribunal-- se refiere a actividades realizadas por Moto fuera de España y que ya fueron juzgadas en la propia Guinea Ecuatorial. En cuanto a las reuniones con empresarios, la resolución alude a que fueron 'meros contactos'.
En cuanto al golpe de 2004 los magistrados destacan que al examinar los hechos 'da, más bien, la sensación' de que el opositor guineano 'se limita a encabezar formalmente la misma, que no ha planificado, ni organizado, ni dirigido, ni liderado militarmente ni, en fin, financiado'.
Severo Moto disfruta del estatus de asilado político desde el 13 de marzo de 1986. El 10 de enero de 2006 esta condición le fue revocada por el Gobierno, si bien dicha revocación estaba en suspenso en espera de conocerse la decisión del Supremo. El Consejo de Ministros se ratificó en su decisión el 17 de marzo de 2006 al rechazar recurso de reposición formulado por el recurrente.
La decisión del Supremo se produce después de que en julio de 2006 los integrantes de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo acordaran la suspensión cautelar de la medida adoptada por el Gobierno español hasta no resolver el recurso planteado por Moto, tal y como solicitó su defensa.
Fuente: Europa Press - Guinea-Ecuatorial.org