Re: CNI & ECHELON
Publicado: 15 Abr 2010 22:53
Que respetas mi opinion? Que no la compartes?
La mayoria de las cosas que he puesto no son opiniones mias, son textos legales en su mayoria copiados y pegados desde la propia pagina del CNI que puede consultar cualquiera desde su ordenador.
Es decir, la opinion de quien respetas es la opinion del CNI,no la mia, con quien no compartes el funcionamiento del CNI no es conmigo es con el Centro.
Solo hayq ue buscar http://www.cni.es y desde aqui la solapa de la izquierda donde pone ¿QUE ES EL CNI? ir a la subpestaña de CONTROLES y nada mas entrar no encontramos con la INTRODUCCION, donde explica en lineas muy claras y de una forma muy basica como se controla el CNI.
Introducción
En todos los estados democráticos, los Servicios de Inteligencia están sometidos a una serie de controles que adoptan distintas modalidades según el país del que se trate. En España, los tres poderes del Estado ejercen actualmente un control sobre diferentes aspectos del Centro que entran en sus respectivos ámbitos de competencia. De este modo, el poder Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial supervisan su labor y garantizan que ésta se hace efectivamente y en todo momento en favor de los intereses nacionales y bajo el principio de sometimiento al ordenamiento jurídicohttp://www.cni.es/es/queescni/controles/introduccion/
El tema de los controles judiciales es de lo mas agil, de hecho la forma en que tienen que poner en conocimiento de su señoria sus andanzas consiste en que tienen un Magistrado del Tribunal Supremo que es el que controla judicialmente las actuaciones del CNI que afecten a los derechos recogidos en el art. 18.2 y 3 de la Constitución, concediendo las autorizaciones previas necesarias para el cumplimiento de las funciones que tiene asignadas tal como establecen el artículo 12 de la Ley 11/2002 y el artículo único de la Ley Orgánica 2/2002
Salvo dos tonterias es otro copia y pega de datos del Cantro.
Por otro lado, las formas de conseguir finalizar la mision no se basan en el todo vale, la mayoria de los agentes de calle son militares, oficiales de policia y de la guardia civil, funcionarios que tienen metido a fuego en la piel, que para conseguir un proposito el camino mas corto no siempre es el mejor ya que sino como muy bien decia Kilo009 loos medios pueden afectara tu trabajo y cuando menos se te puede cerrar una puerta. EN el caso de esta persona de la SS creo recordar que ella planteo su defensa basandose en que creia trabajar con cobertura legal, algo que fue totalmente falso, es decir el medio de conseguir la informacion no fue el correcto, ella pago su pena, puesto que la ignorancia de la Ley no exime de su cumplimiento. la identidad del agente no se revelo, pero el canal desde luego quedo cerrado y a ver quien se atreve a usar ese mismo canal o parecido. Tardaran en olvidarlo. Por otro lado la prensa no dice si a ese agente se le aplico un correctivo por el Centro de forma independiente a lo que el juicio demostro, eso esta claro que no es algo que se publique ni en la prensa ni en el tablon de anuncios de ningun sitio.
EN cuanto a otro tema que parece que tampoco estabais de acuerdo como es el tema de la fijacion PREVIA ANUAL de los objetivos del Centro, os pongo un copia y pega del la pagina del Centro:
¿Cómo funciona el CNI?
Bajo la dirección del Gobierno, que determina anualmente sus objetivos informativos por medio de la Directiva de Inteligencia, el CNI cumple estas misiones mediante la obtención, dentro y fuera de España, por medios y procedimientos propios, de informaciones que no suelen circular por los canales convencionales.
Esta información es posteriormente sometida a un proceso de valoración y análisis con objeto de conocer su fiabilidad y determinar su interés de acuerdo con los objetivos que le son marcados por el Gobierno. Una vez realizado este trabajo, los datos obtenidos son integrados e interpretados de manera que el producto resultante sea útil a sus destinatarios para la adopción de decisiones. Dicho producto final es lo que se conoce como Inteligencia.
Cuando obtiene información sobre cualquier hecho que pudiera requerir una respuesta inmediata o sea constitutivo de delito, el Servicio, de acuerdo con la naturaleza de lo que se trate, lo transmite bien al Ejecutivo, para apoyar o complementar sus decisiones, bien a las Fuerzas de Seguridad del Estado, para que tomen las medidas que consideren pertinentes.
Los miembros del CNI no tienen la consideración de agentes de la autoridad, excepto los que desempeñan cometidos relacionados con la protección del personal del Centro y de las instalaciones.
Las actuaciones que se deriven de sus informes no son competencia del Servicio, ya que éste es únicamente un órgano de apoyo a la toma de decisiones y su misión termina, precisamente, donde comienza la de los restantes organismos del Estado encargados de funciones decisorias.
http://www.cni.es/es/queescni/funciones/comofunciona/
Que pocas webs dan la informacion tan clara como la del Centro Nacional de Inteligencia, claro ellos son unos profesionales de la informacion
La mayoria de las cosas que he puesto no son opiniones mias, son textos legales en su mayoria copiados y pegados desde la propia pagina del CNI que puede consultar cualquiera desde su ordenador.
Es decir, la opinion de quien respetas es la opinion del CNI,no la mia, con quien no compartes el funcionamiento del CNI no es conmigo es con el Centro.
Solo hayq ue buscar http://www.cni.es y desde aqui la solapa de la izquierda donde pone ¿QUE ES EL CNI? ir a la subpestaña de CONTROLES y nada mas entrar no encontramos con la INTRODUCCION, donde explica en lineas muy claras y de una forma muy basica como se controla el CNI.
Introducción
En todos los estados democráticos, los Servicios de Inteligencia están sometidos a una serie de controles que adoptan distintas modalidades según el país del que se trate. En España, los tres poderes del Estado ejercen actualmente un control sobre diferentes aspectos del Centro que entran en sus respectivos ámbitos de competencia. De este modo, el poder Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial supervisan su labor y garantizan que ésta se hace efectivamente y en todo momento en favor de los intereses nacionales y bajo el principio de sometimiento al ordenamiento jurídicohttp://www.cni.es/es/queescni/controles/introduccion/
El tema de los controles judiciales es de lo mas agil, de hecho la forma en que tienen que poner en conocimiento de su señoria sus andanzas consiste en que tienen un Magistrado del Tribunal Supremo que es el que controla judicialmente las actuaciones del CNI que afecten a los derechos recogidos en el art. 18.2 y 3 de la Constitución, concediendo las autorizaciones previas necesarias para el cumplimiento de las funciones que tiene asignadas tal como establecen el artículo 12 de la Ley 11/2002 y el artículo único de la Ley Orgánica 2/2002
Salvo dos tonterias es otro copia y pega de datos del Cantro.
Por otro lado, las formas de conseguir finalizar la mision no se basan en el todo vale, la mayoria de los agentes de calle son militares, oficiales de policia y de la guardia civil, funcionarios que tienen metido a fuego en la piel, que para conseguir un proposito el camino mas corto no siempre es el mejor ya que sino como muy bien decia Kilo009 loos medios pueden afectara tu trabajo y cuando menos se te puede cerrar una puerta. EN el caso de esta persona de la SS creo recordar que ella planteo su defensa basandose en que creia trabajar con cobertura legal, algo que fue totalmente falso, es decir el medio de conseguir la informacion no fue el correcto, ella pago su pena, puesto que la ignorancia de la Ley no exime de su cumplimiento. la identidad del agente no se revelo, pero el canal desde luego quedo cerrado y a ver quien se atreve a usar ese mismo canal o parecido. Tardaran en olvidarlo. Por otro lado la prensa no dice si a ese agente se le aplico un correctivo por el Centro de forma independiente a lo que el juicio demostro, eso esta claro que no es algo que se publique ni en la prensa ni en el tablon de anuncios de ningun sitio.
EN cuanto a otro tema que parece que tampoco estabais de acuerdo como es el tema de la fijacion PREVIA ANUAL de los objetivos del Centro, os pongo un copia y pega del la pagina del Centro:
¿Cómo funciona el CNI?
Bajo la dirección del Gobierno, que determina anualmente sus objetivos informativos por medio de la Directiva de Inteligencia, el CNI cumple estas misiones mediante la obtención, dentro y fuera de España, por medios y procedimientos propios, de informaciones que no suelen circular por los canales convencionales.
Esta información es posteriormente sometida a un proceso de valoración y análisis con objeto de conocer su fiabilidad y determinar su interés de acuerdo con los objetivos que le son marcados por el Gobierno. Una vez realizado este trabajo, los datos obtenidos son integrados e interpretados de manera que el producto resultante sea útil a sus destinatarios para la adopción de decisiones. Dicho producto final es lo que se conoce como Inteligencia.
Cuando obtiene información sobre cualquier hecho que pudiera requerir una respuesta inmediata o sea constitutivo de delito, el Servicio, de acuerdo con la naturaleza de lo que se trate, lo transmite bien al Ejecutivo, para apoyar o complementar sus decisiones, bien a las Fuerzas de Seguridad del Estado, para que tomen las medidas que consideren pertinentes.
Los miembros del CNI no tienen la consideración de agentes de la autoridad, excepto los que desempeñan cometidos relacionados con la protección del personal del Centro y de las instalaciones.
Las actuaciones que se deriven de sus informes no son competencia del Servicio, ya que éste es únicamente un órgano de apoyo a la toma de decisiones y su misión termina, precisamente, donde comienza la de los restantes organismos del Estado encargados de funciones decisorias.
http://www.cni.es/es/queescni/funciones/comofunciona/
Que pocas webs dan la informacion tan clara como la del Centro Nacional de Inteligencia, claro ellos son unos profesionales de la informacion