Acuerdos Generales de Seguridad

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kilo009
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Gendarmería Europea
FIRMA DEL ACUERDO SOBRE PROTECCIÓN DE INFORMACIÓN CLASIFICADA DE LA GENDARMERÍA EUROPEA

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Acuerdo de Seguridad entre el Reino de España, la República Francesa, la República Italiana, el Reino de los Países Bajos y la República Portuguesa relativo a la protección de información clasificada de la Fuerza de Gendarmería Europea.

En el año 2007 cinco Estados europeos (Francia, Italia, Países Bajos, Portugal y España) crearon la Fuerza de Gendarmería Europea (EuroGendFor), integrada por fuerzas policiales de carácter militar de dichos países, con las notas de alta operatividad y reacción rápida, con el fin de llevar a cabo actuaciones policiales en el marco de operaciones de gestión de crisis.

El Tratado por el que se crea esta Fuerza de Gendarmería Europea encomienda la regulación de la protección de la información clasificada generada o intercambiada en su ámbito a un futuro acuerdo de seguridad entre los países miembros.

En atención a la naturaleza de las tareas que pueden ser atribuidas a la Fuerza de Gendarmería Europea, entre las que se encuentran la investigación de delitos, el control de fronteras o la realización de labores de inteligencia general, el establecimiento de un marco normativo destinado a garantizar la confidencialidad e integridad de la información clasificada generada en su ámbito de actuación contribuirá de manera efectiva al cumplimiento de los fines de la institución.
Serbia y Turquía
ACUERDOS CON TURQUÍA Y SERBIA SOBRE PROTECCIÓN DE INFORMACIÓN CLASIFICADA

El Consejo de Ministros ha aprobado la firma del Acuerdo entre el Reino de España y el Gobierno de la República de Turquía sobre protección de información clasificada en la industria de la defensa. Además, ha aprobado la remisión a las Cortes del Acuerdo con la República de Serbia para el intercambio y protección recíproca de información clasificada, cuya firma fue autorizada por el Consejo de Ministros el pasado 5 de diciembre de 2013.

Ambos Acuerdos contribuirán a la preservación de los intereses de España en sus relaciones internacionales, pues éstas exigen, a veces, el intercambio de información que, por afectar a la seguridad o a los intereses nacionales, debe ostentar un grado de clasificación y estar sometida a procesos especiales de utilización y manejo para preservar esa integridad.

En concreto, en el campo de la industria de la defensa y el armamento, los contratos de fabricación, montaje o suministro implican, a menudo, el uso compartido de dispositivos o procedimientos confidenciales. Por ello, es necesario establecer normas con arreglo a las cuales los Estados puedan compartir sin riesgo esas informaciones clasificadas.

Así pues, los dos Acuerdos constituyen un instrumento jurídico esencial, que favorecerá el desarrollo de la industria española de la defensa y de la seguridad, al igual que los intercambios comerciales de España con Turquía y con Serbia en este sector, intercambios que en la actualidad son reducidos.
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kilo009
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Mensaje por kilo009 »

Turquía
REMISIÓN A LAS CORTES DEL ACUERDO CON TURQUÍA SOBRE PROTECCIÓN DE INFORMACIÓN CLASIFICADA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre el Reino de España y el Gobierno de la República de Turquía sobre Protección de Información Clasificada en la industria de la Defensa, y se solicita su tramitación por el procedimiento de urgencia, cuya firma había sido autorizada por el Consejo de Ministros el pasado 11 de abril de 2014.

La firma de este Acuerdo contribuirá a la preservación de los intereses de España en sus relaciones internacionales, pues éstas exigen, a veces, el intercambio de información que, por afectar a la seguridad o a los intereses nacionales, debe ostentar un grado de clasificación y estar sometida a procesos especiales de utilización y manejo para preservar esa integridad.

En concreto, en el campo de la industria de la defensa y el armamento, los contratos de fabricación, montaje o suministro implican, a menudo, el uso compartido de dispositivos o procedimientos confidenciales. Por ello, es necesario establecer normas con arreglo a las cuales los Estados puedan compartir sin riesgo esas informaciones clasificadas.

Así pues, el Acuerdo constituye un instrumento jurídico esencial, que favorecerá el desarrollo de la industria española de la defensa y de la seguridad, al igual que los intercambios comerciales de España con Turquía en este sector, intercambios que en la actualidad son reducidos.
Consejo de Ministros de 18 de julio de 2014.

Macedonia
ACUERDO CON EL GOBIERNO MACEDONIO PARA EL INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN CLASIFICADA

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Acuerdo entre el Gobierno español y el Gobierno macedonio para el intercambio y protección recíproca de información clasificada.

La firma del Acuerdo contribuirá a la preservación de los intereses de España en sus relaciones internacionales, pues éstas exigen, a veces, el intercambio de información que, por afectar a la seguridad o a los intereses nacionales, debe ostentar un grado de clasificación y estar sometida a procesos especiales de utilización y manejo para preservar esa integridad.

En concreto, en el campo de la industria de la defensa y el armamento, los contratos de fabricación, montaje, o suministro implican a menudo el uso compartido de dispositivos o procedimientos confidenciales. Por ello, es necesario establecer normas con arreglo a las cuales los Estados puedan compartir sin riesgo esas informaciones clasificadas.

Así pues, el Acuerdo constituye un instrumento jurídico esencial, que favorecerá el desarrollo de la industria española de la defensa y los intercambios comerciales entre ambos países en este sector, que en la actualidad son reducidos.
Consejo de Ministros de 11 de julio de 2014.

Albania y Eslovenia
ACUERDOS CON ESLOVENIA Y ALBANIA PARA INTERCAMBIO Y PROTECCIÓN DE INFORMACIÓN CLASIFICADA

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma de los Acuerdos entre el Reino de España la República de Eslovenia, y el Consejo de Ministros de la República de Albania, los dos Acuerdos responden a un objetivo que es común a todos los convenios sobre información clasificada: establecer el marco normativo con arreglo al cual se va a efectuar el acceso a la información, su protección, transmisión, reproducción y destrucción; el régimen de visitas y demás aspectos usuales en este tipo de tratados.

La firma de estos Acuerdos contribuirá a la preservación de los intereses de España en sus relaciones internacionales, pues estas exigen, a veces, el intercambio de información que, por afectar a la seguridad o a los intereses nacionales, debe ostentar un grado de clasificación y estar sometida a procesos especiales de utilización y manejo para preservar esa integridad.

En concreto, en el campo de la industria de la defensa y el armamento, los contratos de fabricación, montaje, o suministro implican a menudo el uso compartido de dispositivos o procedimientos confidenciales. Por ello, es necesario establecer normas con arreglo a las cuales los Estados puedan compartir sin riesgo esas informaciones clasificadas.

Así pues, el Acuerdo constituye un instrumento jurídico esencial, que favorecerá el desarrollo de la industria española de la defensa y los intercambios comerciales entre ambos países en este sector, que en la actualidad son reducidos.

Además, se añaden las estrechas vinculaciones existentes entre los ámbitos militar, comercial e industrial, derivadas de la pertenencia ambos países a la OTAN, y, en el caso de Eslovenia, también a la Unión Europea.
Consejo de Ministros de 04 de julio de 2014
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kilo009
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Re: Acuerdos Generales de Seguridad

Mensaje por kilo009 »

REMISIÓN A LAS CORTES DEL ACUERDO CON EL GOBIERNO MACEDONIO SOBRE INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN CLASIFICADA
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre el Gobierno Español y el Gobierno Macedonio para el intercambio y protección recíproca de información clasificada, cuya firma autorizó el Consejo de Ministros el pasado 11 de julio de 2014.

El Acuerdo entre el Gobierno español y el Gobierno macedonio tiene por finalidad garantizar la protección de la información clasificada intercambiada o generada como consecuencia de la cooperación entre las Partes.

En el campo de la industria de la defensa y el armamento, los contratos de fabricación, montaje o suministro implican a menudo el uso compartido de dispositivos o procedimientos confidenciales. Por ello, es necesario establecer normas con arreglo a las cuales los Estados puedan compartir sin riesgo esas informaciones clasificadas.

El Acuerdo constituye un instrumento jurídico esencial, que favorecerá el desarrollo de la industria española de la defensa y los intercambios comerciales entre ambos países en este sector.
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Re: Acuerdos Generales de Seguridad

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Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la Federación de Rusia sobre la protección mutua de la información clasificada, hecho en Madrid el 6 de noviembre de 2013. Publicado en: «BOE» núm. 312, de 26 de diciembre de 2014.

1. Los organismos competentes, responsables de la aplicación del presente Acuerdo (denominados en adelante organismos competentes), son:

-en el Reino de España — Oficina Nacional de Seguridad del Centro Nacional de Inteligencia

-en la Federación de Rusia — Servicio Federal de Seguridad de la Federación de Rusia.

Quien quiera leer más http://boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-13469
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Re: Acuerdos Generales de Seguridad

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Acuerdo entre el Reino de España y la República de Serbia para el intercambio y protección recíproca de información clasificada, hecho en Madrid el 13 de marzo de 2014. Publicado en: «BOE» núm. 312, de 26 de diciembre de 2014

1. Las Autoridades Competentes para la aplicación del presente Acuerdo son:

Para el Reino de España:

Secretario de Estado. Director del Centro Nacional de Inteligencia. Oficina Nacional de Seguridad.

Para la República de Serbia:

Oficina del Consejo Nacional de Seguridad y Protección de Información Clasificada.

Quien quiera leer más http://boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-13470
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