Re: Acuerdos Generales de Seguridad
Publicado: 04 May 2014 01:14
Gendarmería Europea
Serbia y TurquíaFIRMA DEL ACUERDO SOBRE PROTECCIÓN DE INFORMACIÓN CLASIFICADA DE LA GENDARMERÍA EUROPEA
El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Acuerdo de Seguridad entre el Reino de España, la República Francesa, la República Italiana, el Reino de los Países Bajos y la República Portuguesa relativo a la protección de información clasificada de la Fuerza de Gendarmería Europea.
En el año 2007 cinco Estados europeos (Francia, Italia, Países Bajos, Portugal y España) crearon la Fuerza de Gendarmería Europea (EuroGendFor), integrada por fuerzas policiales de carácter militar de dichos países, con las notas de alta operatividad y reacción rápida, con el fin de llevar a cabo actuaciones policiales en el marco de operaciones de gestión de crisis.
El Tratado por el que se crea esta Fuerza de Gendarmería Europea encomienda la regulación de la protección de la información clasificada generada o intercambiada en su ámbito a un futuro acuerdo de seguridad entre los países miembros.
En atención a la naturaleza de las tareas que pueden ser atribuidas a la Fuerza de Gendarmería Europea, entre las que se encuentran la investigación de delitos, el control de fronteras o la realización de labores de inteligencia general, el establecimiento de un marco normativo destinado a garantizar la confidencialidad e integridad de la información clasificada generada en su ámbito de actuación contribuirá de manera efectiva al cumplimiento de los fines de la institución.
ACUERDOS CON TURQUÍA Y SERBIA SOBRE PROTECCIÓN DE INFORMACIÓN CLASIFICADA
El Consejo de Ministros ha aprobado la firma del Acuerdo entre el Reino de España y el Gobierno de la República de Turquía sobre protección de información clasificada en la industria de la defensa. Además, ha aprobado la remisión a las Cortes del Acuerdo con la República de Serbia para el intercambio y protección recíproca de información clasificada, cuya firma fue autorizada por el Consejo de Ministros el pasado 5 de diciembre de 2013.
Ambos Acuerdos contribuirán a la preservación de los intereses de España en sus relaciones internacionales, pues éstas exigen, a veces, el intercambio de información que, por afectar a la seguridad o a los intereses nacionales, debe ostentar un grado de clasificación y estar sometida a procesos especiales de utilización y manejo para preservar esa integridad.
En concreto, en el campo de la industria de la defensa y el armamento, los contratos de fabricación, montaje o suministro implican, a menudo, el uso compartido de dispositivos o procedimientos confidenciales. Por ello, es necesario establecer normas con arreglo a las cuales los Estados puedan compartir sin riesgo esas informaciones clasificadas.
Así pues, los dos Acuerdos constituyen un instrumento jurídico esencial, que favorecerá el desarrollo de la industria española de la defensa y de la seguridad, al igual que los intercambios comerciales de España con Turquía y con Serbia en este sector, intercambios que en la actualidad son reducidos.