Acuerdo de Schengen
Publicado: 31 Ene 2007 13:10
El 14 de junio de 1985 en Schengen (Luxemburgo) cinco países de la entonces CEE: Bélgica, Holanda, Luxemburgo, la RFA y Francia firmaron un acuerdo para la supresión de las fronteras comunes entre los mismos, facilitando la circulación de personas y en el transporte de mercancías. Para materializar los contenidos del Acuerdo, el 19 de junio de 1990 se firmó el Convenio de Aplicación del Acuerdo Schengen.
Posteriormente se han adherido Italia en 1990, España y Portugal el 25 de julio de 1991 y Grecia en 1992.
El objetivo del acuerdo es la creación de una zona de libre circulación de personas y mercancías, mediante la supresión de los controles en las fronteras comunes y el establecimiento de una serie de mecanismos y medidas sustitutorias que permitan mantener e incrementar el nivel de seguridad pública de los países firmantes.
Actualmente, el Espacio Schengen está compuesto por el territorio de los Estados siguientes: Bélgica, Holanda, Luxemburgo, Francia, Alemania, Italia, España, Portugal, Grecia, Austria, Dinamarca, Finlandia, Islandia, Noruega, Suecia, permaneciendo fuera Reino Unido e Irlanda.
Aspectos más importantes:
A) La creación de un Manual Común de Fronteras
B) El establecimiento de un sistema de visado uniforme Schengen
C) Instauración de la libre circulación de todas las personas comunitarias y no comunitarias dentro del espacio Schengen y de las condiciones de circulación de los extranjeros.
D)Regulación común en materia de refugiados, asilados y extradición.
E)Cooperación policial y judicial, y se fijan una serie de mecanismos concretos como la vigilancia transfronteriza y la "Persecución en Caliente" en el territorio de otro Estado. Cooperación policial mediante enlaces directos (teléfonos, fax, radios, telex, etc) y a través de intercambios de funcionarios de enlace.
La persecución en caliente o persecución transfronteriza es la posibilidad que tienen los agentes, que en su país estén persiguiendo a una persona, de continuar la persecución en el territorio de otro Estado miembro que tenga una frontera terrestre común con su país.
Está limitada en cuanto al tiempo que puede durar la operación de persecución desde que los agentes cruzan la frontera y en cuanto al espacio territorial en que puede desarrollarse la operación.
España tiene acuerdos con Francia y con Portugal, siguiendo los criterios siguientes:
-Los agentes perseguidores no podrán interrogar a la persona perseguida.
-Los agentes franceses perseguidores podrán entrar en España hasta una distancia de 10 km o bien la persecución en territorio español podrá desarrollarse durante un máximo de dos horas.
-Los agents portugueses pueden entrar en España hasta 50 km, o bien, la persecución en territorio español podrá desarrollarse durante un máximo de dos horas.
-Los agentes españoles que se encuentren persiguiendo a un delincuente en Francia o Portugal estarán sujetos a las mismas condiciones.
F) Creación de una normativa sobre armas de fuego y municiones
G) Sistema de cooperación en materia de estupefacientes.
H) Creación de un banco de datos común para todos los países contratantes: Sistema de Información Schengen (S.I.S.)
Posteriormente se han adherido Italia en 1990, España y Portugal el 25 de julio de 1991 y Grecia en 1992.
El objetivo del acuerdo es la creación de una zona de libre circulación de personas y mercancías, mediante la supresión de los controles en las fronteras comunes y el establecimiento de una serie de mecanismos y medidas sustitutorias que permitan mantener e incrementar el nivel de seguridad pública de los países firmantes.
Actualmente, el Espacio Schengen está compuesto por el territorio de los Estados siguientes: Bélgica, Holanda, Luxemburgo, Francia, Alemania, Italia, España, Portugal, Grecia, Austria, Dinamarca, Finlandia, Islandia, Noruega, Suecia, permaneciendo fuera Reino Unido e Irlanda.
Aspectos más importantes:
A) La creación de un Manual Común de Fronteras
B) El establecimiento de un sistema de visado uniforme Schengen
C) Instauración de la libre circulación de todas las personas comunitarias y no comunitarias dentro del espacio Schengen y de las condiciones de circulación de los extranjeros.
D)Regulación común en materia de refugiados, asilados y extradición.
E)Cooperación policial y judicial, y se fijan una serie de mecanismos concretos como la vigilancia transfronteriza y la "Persecución en Caliente" en el territorio de otro Estado. Cooperación policial mediante enlaces directos (teléfonos, fax, radios, telex, etc) y a través de intercambios de funcionarios de enlace.
La persecución en caliente o persecución transfronteriza es la posibilidad que tienen los agentes, que en su país estén persiguiendo a una persona, de continuar la persecución en el territorio de otro Estado miembro que tenga una frontera terrestre común con su país.
Está limitada en cuanto al tiempo que puede durar la operación de persecución desde que los agentes cruzan la frontera y en cuanto al espacio territorial en que puede desarrollarse la operación.
España tiene acuerdos con Francia y con Portugal, siguiendo los criterios siguientes:
-Los agentes perseguidores no podrán interrogar a la persona perseguida.
-Los agentes franceses perseguidores podrán entrar en España hasta una distancia de 10 km o bien la persecución en territorio español podrá desarrollarse durante un máximo de dos horas.
-Los agents portugueses pueden entrar en España hasta 50 km, o bien, la persecución en territorio español podrá desarrollarse durante un máximo de dos horas.
-Los agentes españoles que se encuentren persiguiendo a un delincuente en Francia o Portugal estarán sujetos a las mismas condiciones.
F) Creación de una normativa sobre armas de fuego y municiones
G) Sistema de cooperación en materia de estupefacientes.
H) Creación de un banco de datos común para todos los países contratantes: Sistema de Información Schengen (S.I.S.)