Información relacionada con ETA
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Se acuerda en Consejo de Ministros emprender el procedimiento de ilegalización de candidaturas a las próximas elecciones.
EJERCICIO DE ACCIONES DE ILEGALIZACIÓN DE CANDIDATURAS, AGRUPACIONES O PARTIDOS QUE INFRINJAN LA LEY DE PARTIDOS
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo genérico por el que se autoriza a los Servicios Jurídicos del Estado el ejercicio de las acciones judiciales pertinentes para impedir o, en su caso, anular la proclamación de aquellas candidaturas de agrupaciones de electores que infrinjan el artículo 44.4 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General(1), y por tanto, sean continuadoras o sucesoras de la actividad de un partido político declarado judicialmente ilegal y disuelto.
Asimismo, este acuerdo insta a emprender cuantas acciones procesales sean oportunas para asegurar la eficacia de la sentencia de la Sala Especial del Tribunal Supremo de 27 de marzo de 2003, impidiendo que concurran a las elecciones partidos políticos y candidaturas que constituyan la continuación o sucesión de los partidos ilegalizados por la mencionada sentencia (Herri Batasuna, Euskal Herritarrok y Batasuna)
Además de la citada sentencia del Tribunal Supremo, este acuerdo se fundamenta jurídicamente en los artículos 11.1 de a Ley Orgánica de Partidos Políticos(2) de 27 de junio de 2002, y en el artículo 49.5 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, de 19 de junio de 1985.
El acuerdo del Consejo de Ministros autoriza al Ministro de Justicia para que éste curse las órdenes oportunas a la Abogacía General del Estado, de conformidad con lo previsto en las leyes.
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kilo009
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Lo que no cuadra es que haya un informe previo de la Guardia Civil diciendo que sí que hay vinculación entre ANV y ETA-Batasuna, y otro del Cuerpo Nacional de Policía diciendo que no se puede demostrar esa vinculación, y que Garzón pida un informe exclusivo... no es normal, para eso existen dos Servicios de Información, que el juez estudie cada informe y luego valore si se puede demostrar o no que pertenecen a ETA-Batasuna...
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kilo009
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Hombre, a parte de eso, cada uno cuenta con sus fuentes, sus contactos, sus investigaciones, y los informes no pueden ser iguales (a falta de tener los dos delante, para poder compararlos)... lo que sí que no entiendo es porqué se pide un solo informe, se da un plazo corto (se queja la Dirección General), y ¿por qué Garzón dice que no se puede determinar que ANV sea un instrumento de ETA-Batasuna?
"En la Villa de Madrid, a veintisiete de marzo de dos mil tres...
Vistos los procesos acumulados números 6/2002 y 7/2002, seguidos a
instancias de la Abogacía del Estado y del Ministerio Fiscal sobre
ilegalización de Partidos Políticos, siendo partes demandadas los Partidos
Políticos HERRI BATASUNA; EUSKAL HERRITARROK y BATASUNA... 1º.- CREACIÓN DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS DEMANDADOS.-
A. Que el partido político HERRI BATASUNA (HB) es una creación de la banda terrorista ETA (EUSKADI TA ASKATASUNA) y un instrumento erigido por la misma (aunque naciese como coalición electoral formada por ESB, ANV, HASI y LAIA)...
HERRI BATASUNA es una organización política cuya denominación, debidamente traducida al castellano como procedente de la lengua vasca, significa Unidad Popular.
B. Dicha organización política asumió inicialmente la forma jurídica de
Coalición Electoral...
C. Como Coalición Electoral, primera de las fórmulas que dicha
organización asumió, surgió de un proceso o “foro” denominado MESA DE
ALSASUA, que culminó el 27 de abril de 1978, a consecuencia del cual
pasaron a integrarse en la nueva organización los partidos políticos
previamente existentes ESB (EUSKAL SOCIALISTA BILTZARREA), ANV (ACCIÓN NACIONALISTA VASCA), LAIA (LANGILE ABERTZALE IRAULTZAILEEN) y HASI (HERRIKO ALERDI SOCIALISTA IRAULTZAILEA)...
Ninguna duda existe tampoco para la Sala sobre la conformación de la
coalición HERRI BATASUNA por los partidos políticos ESB, ANV, LAIA y HASI, ya que, además de quedar oportunamente justificada esta realidad con la documental probatoria (y testifical-pericial) adjunta a las demandas, más en concreto a través del informe nº 13/2002, de la Jefatura del Servicio de Información de la Guardia Civil (ratificado en este particular en las diligencias de prueba celebradas ante el Tribunal por los testigos-peritos deponentes) y por el informe 15.b) de la Unidad Central de Inteligencia de la Policía Nacional, además, decimos, es admitido sustancialmente todo ello por la demandada en su escrito de contestación a la demanda (página 7). Semejante admisión expresa de todas las partes excusa a la Sala de mayores argumentaciones con respecto a la manera en que alcanza sus conclusiones a partir de aquel mismo grupo documental...
- Por el documento denominado “Propuesta de reestructuración de HERRI
BATASUNA” (anexo V del informe 13/2002, página 5). En su informe ante el Tribunal, los miembros de la Guardia Civil deponentes atribuyeron el origen de ese documento a un miembro relevante de esta propia organización. Y sucede que de un análisis de su contenido no puede derivarse una conclusión de signo contrario por lo que la Sala da por bueno también dicho origen. En dicho documento no sólo se viene a asignar tareas a los militantes de HASI (lo que implica que existía una situación de jerarquía asumida) sino que, incluso, en un abierto ejercicio de dirección, se les cercena todo posible desarrollo político: ...
“Igualmente los representantes de HASI y de ANV deben asumir trabajos
concretos en las futuras comisiones, pero no encontrarse a la cabeza de
ellas, es decir, los militantes de los partidos se pueden y deben
responsabilizarse de cualquiera de las comisiones si son elegidos desde la base, pero aquellos designados directamente por sus respectivas
organizaciones deben diluirse en el trabajo de cualquiera de las
comisiones, aportando su trabajo y su riqueza militante para
fortalecerlas, pero sin encargarse de su dirección”...
"F A L L A M O S:
Que debemos estimar y estimamos íntegramente las demandas interpuestas por el Sr. Abogado del Estado, en representación del Gobierno de la Nación, y por el Ministerio Fiscal y, en su consecuencia:
PRIMERO.- Declaramos la ilegalidad de los partidos políticos demandados, esto es, de HERRI BATASUNA, de EUSKAL HERRITARROK y de BATASUNA.
SEGUNDO.- Declaramos la disolución de dichos partidos políticos con los
efectos previstos en el art. 12.1 de la Ley Orgánica 6/2002 de Partidos
Políticos.
TERCERO.- Ordenamos la cancelación de sus respectivas inscripciones
causadas en el Registro de Partidos Políticos.
CUARTO.- Los expresados partidos políticos, cuya ilegalidad se declara,
deberán cesar de inmediato en todas las actividades que realicen una vez
que sea notificada la presente sentencia.
QUINTO.- Procédase a la apertura de un proceso de liquidación patrimonial de Herri Batasuna, Euskal Herritarrok y Batasuna en la forma que se establece en el art. 12.1.c) de la Ley Orgánica 6/2002, de Partidos Políticos, lo que se llevará a cabo en ejecución de la presente sentencia.
Todo ello sin efectuar especial pronunciamiento respecto de las costas
procesales causadas en los procesos acumulados que enjuiciados quedan.
Notifíquese esta sentencia a las partes personadas y a las declaradas
rebeldes en la forma prevenida en la Ley, haciéndoles saber que la misma es firme, definitiva y ejecutiva, así como que contra la misma, de
conformidad con lo establecido en el art. 11.7 de la Ley Orgánica 6/2002,
de Partidos Políticos, no cabe recurso alguno, sin perjuicio, en su caso,
del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.
Así por esta nuestra Sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACION.- Leída y publicada fue la anterior Sentencia, en Audiencia
Pública, por el Excmo. Sr. D. Francisco José Hernando Santiago, Magistrado Ponente en estos procedimientos acumulados de Ilegalización de Partidos Políticos, de lo que como Secretario, certifico".
Saludos
PS: Esto salió en Paz digital, ya no está pero he conseguido encontrarla en la cache de google
http://66.102.9.104/search?q=cache:WRrU ... rt.+12.1.c
Vistos los procesos acumulados números 6/2002 y 7/2002, seguidos a
instancias de la Abogacía del Estado y del Ministerio Fiscal sobre
ilegalización de Partidos Políticos, siendo partes demandadas los Partidos
Políticos HERRI BATASUNA; EUSKAL HERRITARROK y BATASUNA... 1º.- CREACIÓN DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS DEMANDADOS.-
A. Que el partido político HERRI BATASUNA (HB) es una creación de la banda terrorista ETA (EUSKADI TA ASKATASUNA) y un instrumento erigido por la misma (aunque naciese como coalición electoral formada por ESB, ANV, HASI y LAIA)...
HERRI BATASUNA es una organización política cuya denominación, debidamente traducida al castellano como procedente de la lengua vasca, significa Unidad Popular.
B. Dicha organización política asumió inicialmente la forma jurídica de
Coalición Electoral...
C. Como Coalición Electoral, primera de las fórmulas que dicha
organización asumió, surgió de un proceso o “foro” denominado MESA DE
ALSASUA, que culminó el 27 de abril de 1978, a consecuencia del cual
pasaron a integrarse en la nueva organización los partidos políticos
previamente existentes ESB (EUSKAL SOCIALISTA BILTZARREA), ANV (ACCIÓN NACIONALISTA VASCA), LAIA (LANGILE ABERTZALE IRAULTZAILEEN) y HASI (HERRIKO ALERDI SOCIALISTA IRAULTZAILEA)...
Ninguna duda existe tampoco para la Sala sobre la conformación de la
coalición HERRI BATASUNA por los partidos políticos ESB, ANV, LAIA y HASI, ya que, además de quedar oportunamente justificada esta realidad con la documental probatoria (y testifical-pericial) adjunta a las demandas, más en concreto a través del informe nº 13/2002, de la Jefatura del Servicio de Información de la Guardia Civil (ratificado en este particular en las diligencias de prueba celebradas ante el Tribunal por los testigos-peritos deponentes) y por el informe 15.b) de la Unidad Central de Inteligencia de la Policía Nacional, además, decimos, es admitido sustancialmente todo ello por la demandada en su escrito de contestación a la demanda (página 7). Semejante admisión expresa de todas las partes excusa a la Sala de mayores argumentaciones con respecto a la manera en que alcanza sus conclusiones a partir de aquel mismo grupo documental...
- Por el documento denominado “Propuesta de reestructuración de HERRI
BATASUNA” (anexo V del informe 13/2002, página 5). En su informe ante el Tribunal, los miembros de la Guardia Civil deponentes atribuyeron el origen de ese documento a un miembro relevante de esta propia organización. Y sucede que de un análisis de su contenido no puede derivarse una conclusión de signo contrario por lo que la Sala da por bueno también dicho origen. En dicho documento no sólo se viene a asignar tareas a los militantes de HASI (lo que implica que existía una situación de jerarquía asumida) sino que, incluso, en un abierto ejercicio de dirección, se les cercena todo posible desarrollo político: ...
“Igualmente los representantes de HASI y de ANV deben asumir trabajos
concretos en las futuras comisiones, pero no encontrarse a la cabeza de
ellas, es decir, los militantes de los partidos se pueden y deben
responsabilizarse de cualquiera de las comisiones si son elegidos desde la base, pero aquellos designados directamente por sus respectivas
organizaciones deben diluirse en el trabajo de cualquiera de las
comisiones, aportando su trabajo y su riqueza militante para
fortalecerlas, pero sin encargarse de su dirección”...
"F A L L A M O S:
Que debemos estimar y estimamos íntegramente las demandas interpuestas por el Sr. Abogado del Estado, en representación del Gobierno de la Nación, y por el Ministerio Fiscal y, en su consecuencia:
PRIMERO.- Declaramos la ilegalidad de los partidos políticos demandados, esto es, de HERRI BATASUNA, de EUSKAL HERRITARROK y de BATASUNA.
SEGUNDO.- Declaramos la disolución de dichos partidos políticos con los
efectos previstos en el art. 12.1 de la Ley Orgánica 6/2002 de Partidos
Políticos.
TERCERO.- Ordenamos la cancelación de sus respectivas inscripciones
causadas en el Registro de Partidos Políticos.
CUARTO.- Los expresados partidos políticos, cuya ilegalidad se declara,
deberán cesar de inmediato en todas las actividades que realicen una vez
que sea notificada la presente sentencia.
QUINTO.- Procédase a la apertura de un proceso de liquidación patrimonial de Herri Batasuna, Euskal Herritarrok y Batasuna en la forma que se establece en el art. 12.1.c) de la Ley Orgánica 6/2002, de Partidos Políticos, lo que se llevará a cabo en ejecución de la presente sentencia.
Todo ello sin efectuar especial pronunciamiento respecto de las costas
procesales causadas en los procesos acumulados que enjuiciados quedan.
Notifíquese esta sentencia a las partes personadas y a las declaradas
rebeldes en la forma prevenida en la Ley, haciéndoles saber que la misma es firme, definitiva y ejecutiva, así como que contra la misma, de
conformidad con lo establecido en el art. 11.7 de la Ley Orgánica 6/2002,
de Partidos Políticos, no cabe recurso alguno, sin perjuicio, en su caso,
del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.
Así por esta nuestra Sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACION.- Leída y publicada fue la anterior Sentencia, en Audiencia
Pública, por el Excmo. Sr. D. Francisco José Hernando Santiago, Magistrado Ponente en estos procedimientos acumulados de Ilegalización de Partidos Políticos, de lo que como Secretario, certifico".
Saludos
PS: Esto salió en Paz digital, ya no está pero he conseguido encontrarla en la cache de google
http://66.102.9.104/search?q=cache:WRrU ... rt.+12.1.c
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KS
Se está dando mucho bombo en las noticias al dato de que en ANV hay mucha gente de Batasuna; aunque se omite que también el partido político Aralar está hasta arriba de antiguos militantes de HB, EH y Batasuna. Y es que si se trata de una escisión no podemos pretender que encuentren a sus militantes en el nicho electoral del PSOE o del PP.
Sería una estupenda noticia que entre Aralar y ANV se forme una alternativa no-violenta para los independentistas.
De todos modos las luces rojas se encienden por la velocidad con la que ANV ha podido organizar tantas listas. ¿Le habrá echado una mano Arnaldo para hacer un EHAK municipal? ¿O se la habrá echado al cuello para que al final los ilegalicen y así no tener competencia?
Un saludo,
KS
Sería una estupenda noticia que entre Aralar y ANV se forme una alternativa no-violenta para los independentistas.
De todos modos las luces rojas se encienden por la velocidad con la que ANV ha podido organizar tantas listas. ¿Le habrá echado una mano Arnaldo para hacer un EHAK municipal? ¿O se la habrá echado al cuello para que al final los ilegalicen y así no tener competencia?
Un saludo,
KS
en navarra, existe una coalicion llamada nafarroa bai que se ha convertido en la tercera fuerza politica, en realidad, esta mas cerca de ser la segunda. esto se debe a que esta compuesta por aralar, baztarre, eaj y no se si me dejo alguno mas.
su lider es patxi zabaleta y es el candidato a la presidencia del gobeirno de navarra, su candidata para la alcaldia de pamplona es la diputada uxue barcos. en referencia a esta ultima os cuento una curiosidad, a diferencia de lo que se espera de alguien que forma parte de este tipo de partidos de corte separatista, uxue barcos es de los mas "pija" que se puede encontrar...vamos, que le gusta la buena vida mas que a un tonto un lapiz!!
su lider es patxi zabaleta y es el candidato a la presidencia del gobeirno de navarra, su candidata para la alcaldia de pamplona es la diputada uxue barcos. en referencia a esta ultima os cuento una curiosidad, a diferencia de lo que se espera de alguien que forma parte de este tipo de partidos de corte separatista, uxue barcos es de los mas "pija" que se puede encontrar...vamos, que le gusta la buena vida mas que a un tonto un lapiz!!
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kilo009
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Curioso lo que estima Garzón, y dice El País citando fuentes de la inteligencia francesa:
Auto de Garzón hacia ANV: http://www.abc.es/informacion/pdf/autogarzon.pdf
Por otro lado, en la madrugada del viernes hubo un rebrote de la kale borroka en Navarra y País Vasco.
Añado, CEP ve muy claras las vinculaciones de ANV con ETA y Batasuna y Garzón, señaló en 2002, con motivo del proceso de suspensión de la ilegalizada Batasuna, que el partido ANV llegó a mantener algún encuentro con ETA para tratar cuestiones electorales.
Es un contundente artículo que pone en jaque la política antiterrorista del Gobierno, por lo menos contra ETA: http://www.elpais.com/articulo/espana/E ... inac_6/TesLa policía francesa está convencida de que ETA cuenta actualmente con otros terroristas de similar perfil a los liberados [a sueldo de la banda] que dirigían el comando Donosti, recientemente desarticulado. Según fuentes del país vecino, una treintena de activistas asentados habitualmente en Francia estarían dispuestos a cruzar la frontera o se encontrarían preparando acciones programadas por la dirección de ETA.
Estas fuentes creen que la organización terrorista tratará de atentar en España tras las elecciones municipales del 27 de mayo, e incluso no descartan que llegue a hacerlo antes de esa fecha, en función de si las candidaturas de Batasuna (ASB o ANV) son o no masivamente impugnadas por los tribunales.
Auto de Garzón hacia ANV: http://www.abc.es/informacion/pdf/autogarzon.pdf
Por otro lado, en la madrugada del viernes hubo un rebrote de la kale borroka en Navarra y País Vasco.
Añado, CEP ve muy claras las vinculaciones de ANV con ETA y Batasuna y Garzón, señaló en 2002, con motivo del proceso de suspensión de la ilegalizada Batasuna, que el partido ANV llegó a mantener algún encuentro con ETA para tratar cuestiones electorales.


