Información Sobre: SEGURIDAD MARITIMA
Re: Seguridad Marítima
Los del condifencial digital en su día dijeron que tenian una copia del famoso manual de 27 páginas. Si contactas con algun periodista que trabaje alli, seguro que te lo fotocopia por 50 euros.
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kapy-ranger-
Re: Seguridad Marítima
Tizuu , si no vas a embarcar a un buque de pabellon español y dices haber sido contratdo por Seguriberica... que te pillen confesao: Estas fuera de la ley... como ya te explico Tarraco218.
Que tengas suerte y que no te toque un grupo friki de compañeros,jajaja.
Hasta la vuelta, ah, y lo del manual, circula por todos lados no tendrias que tener problema en conseguirlo y si lo tienes, contacta conmigo por MP. Cuidate compañero!!!
Que tengas suerte y que no te toque un grupo friki de compañeros,jajaja.
Hasta la vuelta, ah, y lo del manual, circula por todos lados no tendrias que tener problema en conseguirlo y si lo tienes, contacta conmigo por MP. Cuidate compañero!!!
Re: Seguridad Marítima
suerte tizuu, cuantos meses embarcas 4 o 6???
Y otra duda que tengo, haber si me la sabeis responder,He estado leyendo el real decreto y la orden presidencial que lo desarrolla, y tengo una duda.
Cuando dice que los vigilantes de seguridad, estaran habilitados para utilizar armamento de guerra, con la licencia "C", dichoas armas estaran capadas para utilizarse en semi o tambien funcionaran en auto, porque segun tenia yo entendido, el uso auto estava restringido unicamente a su uso "militar" y de guerra.
Vamos que ni siquiera los grupos de ops policiales pueden usarlo.
Gracias y lo dicho, suerte tizuu
Y otra duda que tengo, haber si me la sabeis responder,He estado leyendo el real decreto y la orden presidencial que lo desarrolla, y tengo una duda.
Cuando dice que los vigilantes de seguridad, estaran habilitados para utilizar armamento de guerra, con la licencia "C", dichoas armas estaran capadas para utilizarse en semi o tambien funcionaran en auto, porque segun tenia yo entendido, el uso auto estava restringido unicamente a su uso "militar" y de guerra.
Vamos que ni siquiera los grupos de ops policiales pueden usarlo.
Gracias y lo dicho, suerte tizuu
Semper paratus
Re: Seguridad Marítima
Si el decreto autoriza armas de guerra, pues son eso: armas de guerra. Hace tiempo ya comenté que el trabajo se podría hacer perfectamente con armas "civiles", pero bueno.
¿Quien te ha dicho que la policia no puede usar armas automáticas? ¿Has visto las armas que usan GEO, GAR, GOES, UEI, GEI, BBT...?
¿Quien te ha dicho que la policia no puede usar armas automáticas? ¿Has visto las armas que usan GEO, GAR, GOES, UEI, GEI, BBT...?
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tarraco218
- Jefe de Operaciones

- Mensajes: 568
- Registrado: 29 Mar 2009 00:51
Re: Seguridad Marítima
Ciertamente, este párrafo es contradictorio, la licencia "C" no ampara armamento de guerra.Cuando dice que los vigilantes de seguridad, estaran habilitados para utilizar armamento de guerra, con la licencia "C",
Lo que habría que haber hecho antes es modificar o ampliar las licencias de armas para los vigilantes de seguridad. Tal y como está redactado, están los vigilantes sin amparo de ninguna licencia de armas, es como decir que si hacen un curso de ballet quedan habilitados para pilotar aeronaves.
"Piensa como un estratega, actúa como un animal"
Re: Seguridad Marítima
Hola.
Dices que la licencia C no ampara armamento de guerra empleado por vigilantes de seguridad provistos de tal licencia, en servicios de seguridad autorizados, embarcados en navíos de pabellón español?
http://www.mir.es/SGACAVT/derecho/or/pr ... -2009.html
Teneís un problema, pero serio.
Para que nos entendamos, y lo que está aprobado por Ley, y aunque os mosquee, yo, con mi tip de VS y con mi licencia C, puedo emplear este tipo de armamento.
Sin amparo de ninguna licencia?????? Volvemos de nuevo a leer un extracto de la Norma, que el Estado, en su capacidad Legislativa, emite sobre esto:
Segundo. Armamento autorizado.– Las armas de guerra a las que se refiere el apartado Primero son, de entre las comprendidas en el artículo 6.1.b) del Reglamento de Armas, las siguientes:
a) Armas de fuego de calibre igual o superior a 12,7 milímetros que utilicen munición con vaina de ranura en el culote y no de pestaña o reborde en el mismo lugar.
b) Armas de fuego que utilicen la siguiente munición:
1.º 5,45 x 39,5.
2.º 5,56 x 45 (o su equivalente 223).
3.º 7,62 x 39.
4.º 7,62 x 51 NATO.
Y puedo prestar servicios de seguridad armados en barcos españoles, cosa que tu, salvo que te equipares a nosotros, no. Al igual que el resto de mis compañeros.
¿Por que se están presentando a los procesos selectivos de seguridad privada tantos militares desde que se autorizaron estos servicios?
Como instructor de tiro, a tenor de la LEY, también puedo emplear este tipo de armamento en territorio español en los sitios que se autoricen, cuando hagan las cosas bien, en tareas de formación con el mencionado armamento impartidas a personal de Seguridad Privada (tu con una F y un rifle semiauto, y en un descampado con un talud de tierra puedes? Creo que no), - http://www.mir.es/SGACAVT/personal/itir ... sitos.html -, dado que la tarjeta de instructor de tiro, me lo permite, al ser armamento autorizado para seguridad privada en un tipo de servicios concretos.
Asi que resumiendo, el personal de seguridad privada provisto de tip y de licencia C, SI PUEDE emplear en del desarrollo de servicios armados en plataformas navales abanderadas en ESPAÑA, ARMAMENTO de GUERRA.
Eso, es lo que dice la LEY.
Con la empresa concesionaria, con el sistema de asignación de contrato..... decid los de UCGlobal, lo que os parezca, pero al personal de SEGURIDAD PRIVADA, sin motivo ni buenas maneras, por favor, dejadnos en PAZ.
Si se mete la pata, el primero en valorar, analizar, y tratar lo que sea, soy yo, pero asi, tan, tan, tan..... va a ser que no.
Y al Equipo de Moderación, les pediría, por favor, que se mire con más atención -se que estamos en verano, vacaciones, etc....-, y se invite a respetar, cosas como la ética y la honestidad a la hora de publicar mensajes. Iría bien, en beneficio del Foro, al que creo que le sobran comentarios tan capciosos, reiterativos y malintencionados dirigidos al colectivo profesional de los Vigilantes de Seguridad, en este segmento operativo que es la seguridad marítima, como me parece entender, desde persona/s vinculada/s con UCGlobal.
Ya es suficiente, creo yo. Una cosa es intentar hacer crecer esto, mejorar las capacidades de cada uno, fomentar un sentimiento de unidad entre la gente de protege a nuestra gente, y otra, es estar chinchando como en un patio de colegio, a cada vez que nos iluminamos, por que no nos dejan funcionar a las PMC en barcos españoles con bandera española, dirigiendo nuestra carga contra el vigilante de a pié, repito, contra la Empresa y contra el sistema de asignación del contrato, me es indiferente, por que estoy de acuerdo con vosotros, con que lo han hecho mal.
Buen día a todos.

Te he entendido bien?tarraco218 escribió:Ciertamente, este párrafo es contradictorio, la licencia "C" no ampara armamento de guerra.Cuando dice que los vigilantes de seguridad, estaran habilitados para utilizar armamento de guerra, con la licencia "C",
Lo que habría que haber hecho antes es modificar o ampliar las licencias de armas para los vigilantes de seguridad. Tal y como está redactado, están los vigilantes sin amparo de ninguna licencia de armas, es como decir que si hacen un curso de ballet quedan habilitados para pilotar aeronaves.
Dices que la licencia C no ampara armamento de guerra empleado por vigilantes de seguridad provistos de tal licencia, en servicios de seguridad autorizados, embarcados en navíos de pabellón español?
http://www.mir.es/SGACAVT/derecho/or/pr ... -2009.html
Teneís un problema, pero serio.
Para que nos entendamos, y lo que está aprobado por Ley, y aunque os mosquee, yo, con mi tip de VS y con mi licencia C, puedo emplear este tipo de armamento.
Sin amparo de ninguna licencia?????? Volvemos de nuevo a leer un extracto de la Norma, que el Estado, en su capacidad Legislativa, emite sobre esto:
Segundo. Armamento autorizado.– Las armas de guerra a las que se refiere el apartado Primero son, de entre las comprendidas en el artículo 6.1.b) del Reglamento de Armas, las siguientes:
a) Armas de fuego de calibre igual o superior a 12,7 milímetros que utilicen munición con vaina de ranura en el culote y no de pestaña o reborde en el mismo lugar.
b) Armas de fuego que utilicen la siguiente munición:
1.º 5,45 x 39,5.
2.º 5,56 x 45 (o su equivalente 223).
3.º 7,62 x 39.
4.º 7,62 x 51 NATO.
Y puedo prestar servicios de seguridad armados en barcos españoles, cosa que tu, salvo que te equipares a nosotros, no. Al igual que el resto de mis compañeros.
¿Por que se están presentando a los procesos selectivos de seguridad privada tantos militares desde que se autorizaron estos servicios?
Como instructor de tiro, a tenor de la LEY, también puedo emplear este tipo de armamento en territorio español en los sitios que se autoricen, cuando hagan las cosas bien, en tareas de formación con el mencionado armamento impartidas a personal de Seguridad Privada (tu con una F y un rifle semiauto, y en un descampado con un talud de tierra puedes? Creo que no), - http://www.mir.es/SGACAVT/personal/itir ... sitos.html -, dado que la tarjeta de instructor de tiro, me lo permite, al ser armamento autorizado para seguridad privada en un tipo de servicios concretos.
Asi que resumiendo, el personal de seguridad privada provisto de tip y de licencia C, SI PUEDE emplear en del desarrollo de servicios armados en plataformas navales abanderadas en ESPAÑA, ARMAMENTO de GUERRA.
Eso, es lo que dice la LEY.
Con la empresa concesionaria, con el sistema de asignación de contrato..... decid los de UCGlobal, lo que os parezca, pero al personal de SEGURIDAD PRIVADA, sin motivo ni buenas maneras, por favor, dejadnos en PAZ.
Si se mete la pata, el primero en valorar, analizar, y tratar lo que sea, soy yo, pero asi, tan, tan, tan..... va a ser que no.
Y al Equipo de Moderación, les pediría, por favor, que se mire con más atención -se que estamos en verano, vacaciones, etc....-, y se invite a respetar, cosas como la ética y la honestidad a la hora de publicar mensajes. Iría bien, en beneficio del Foro, al que creo que le sobran comentarios tan capciosos, reiterativos y malintencionados dirigidos al colectivo profesional de los Vigilantes de Seguridad, en este segmento operativo que es la seguridad marítima, como me parece entender, desde persona/s vinculada/s con UCGlobal.
Ya es suficiente, creo yo. Una cosa es intentar hacer crecer esto, mejorar las capacidades de cada uno, fomentar un sentimiento de unidad entre la gente de protege a nuestra gente, y otra, es estar chinchando como en un patio de colegio, a cada vez que nos iluminamos, por que no nos dejan funcionar a las PMC en barcos españoles con bandera española, dirigiendo nuestra carga contra el vigilante de a pié, repito, contra la Empresa y contra el sistema de asignación del contrato, me es indiferente, por que estoy de acuerdo con vosotros, con que lo han hecho mal.
Buen día a todos.
Re: Seguridad Marítima
Se me olvido comentar que un miembro neuvo que se registro ICEMAN ya esta embarcado le llamaron a los 4 dias de hacer el curso, se cree que necesitaran 9 u 10 agentes para finales de mes principios de agosto.
Seguire informando. SAludos
pd. mcgyver no te enfades hombre! pasa y dejalo pasar.... como hago yo por uno me entra y otro sale... pero yo lo sigo diciendo....y cogen a gente sin apenas experiencia para estas cosas.....
Seguire informando. SAludos
pd. mcgyver no te enfades hombre! pasa y dejalo pasar.... como hago yo por uno me entra y otro sale... pero yo lo sigo diciendo....y cogen a gente sin apenas experiencia para estas cosas.....
Re: Seguridad Marítima
Hola.tizuuu escribió:
pd. mcgyver no te enfades hombre! pasa y dejalo pasar.... como hago yo por uno me entra y otro sale... pero yo lo sigo diciendo....y cogen a gente sin apenas experiencia para estas cosas.....
Tizuuu, no me enfado, de verdad, lo que me encabrona, es la manipulación y trasgiversación de la realidad y el acometer contra los vigilantes de seguridad que realizan, como digo más arriba, este trabajo. Seguro que si se hubiese aprobado el despliegue de personal militar, o del Servicio Marítimo de GC no se montaba tanta tangana. Hubiesen conseguido lo mismo, no hacer este tema empresas privadas NO de Seguridad autorizadas por el MIR, pero como atacarían a Instituciones, no irían tan a la ligera como están llendo contra el colectivo nuestro.
El texto de la Ley, es lo que hay, es lo que se lee. Unas cosas se pueden, y otras no.
También me extraña, que con la gente de seguridad privada que supongo anda por el foro, nadie tire a defender lo nuestro, una muestra más, de la falta de unidad y de criterio corporativo que nos adolece desde hace demasiado tiempo.
Re: Seguridad Marítima
Hola mcgver, estoy de acuerdo contigo y decir que desde 1987 trabajo en SEGURIDAD PRIVADA y los 7 últimos como ESCOLTA PRIVADO; cosa que ya sabes que antes era imposible realizar servicios a personas públicas y también hubo discrepancias por nosotros; ya ven aquí estamos.
Quiero decir con esto que la S.P. abarca y abarcará más mercado guste o no.
Proteger a los barcos que son empresas privadas, abriria la veda ya que otros sectores en otros paises podrian reclamar el mismo derecho.
Saludos a todos.
Quiero decir con esto que la S.P. abarca y abarcará más mercado guste o no.
Proteger a los barcos que son empresas privadas, abriria la veda ya que otros sectores en otros paises podrian reclamar el mismo derecho.
Saludos a todos.
Última edición por yosida el 17 Jul 2010 11:33, editado 1 vez en total.
Re: Seguridad Marítima
Hola Yosida.yosida escribió:Hola mcgver, decirte que desde 1987 trabajo en SEGURIDAD PRIVADA y los 7 últimos como ESCOLTA PRIVADO; cosa que antes era imposible realizar servicios a personas
públicas y ya ves aquí estamos. Quiero decir con esto que la S.P. abarca y abarcará más mercado guste o no.
Proteger a los barcos que son empresas privadas, abriria la veda ya que otros sectores en otros paises podrian reclamar el mismo derecho.
Saludos a todos.
Gracias compañero.
El tema de los barcos, ha abierto esa puerta, y que se amplien los supuestos de servicio a entidades privadas, es una simple cuestión de tiempo.



