.–Los vigilantes de seguridad encargados de la prestación de estos servicios, deberán estar en posesión de la correspondiente licencia de armas y contar con formación suficiente en el conocimiento y manejo de las mismas. Los centros autorizados para la formación del personal de seguridad privada impartirán la formación permanente, a solicitud de las empresas de seguridad autorizadas para estos servicios.
Los Ministerios de Defensa y del Interior podrán colaborar con los Centros para impartir dicha formación.
-En cuanto a que los vigilantes tienen pasado militar, me refería a pasado militar en buques con experiencia en tiro desde buques. De esos pocos o nadie.
- Pero el el problema no es tanto los anteriores sino que el personal de los buques está más que harto del ROE del SEGUR IBERICA y si no lo modifican es porque los vigilantes no estan preparados o porque la empresa no sabe como hacerlo.