¿prisión por publicar hechos noticiables?
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Zigor
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¿prisión por publicar hechos noticiables?
No sé si he entendido bien todos los términos, si no que alguien me lo explique un poco.
La cosa es que se ha dictado una sentencia de prisión contra dos directivos de la cadena SER por publicar en la web de la citada cadena unas listas de afiliaciones irregulares del PP madrileño, y que esto es delito hacerlo en internet y no en los medios de prensa escrita, televisiva ó radiofónica habituales? ¿porque internet es universal?
Algo me he debido perder, ó señores, Franco ha vuelto!
Vamos a ver si somos serios, si lo que hicieron esos directivos de la cadena SER es delito, será delito publicado en la hoja parroquial, en un periódico, en internet, en la radio...... y si no es delito en un periódico, no lo será en internet.......
Bueno, a ver si les pagan a algunos profesionales unos cursillos de reciclaje en su sector, que me parece que tras unos cuantos años pregonándose esto de la formación continua, hay estamentos profesionales que se han debido pasar por alto.
Otro día definiremos lo que es la prevaricación, ahora voy a ver si me entero mejor de la noticia, porque me da la impresión de que hoy estoy un poco cortito de entendederas.
http://www.eitb.com/noticias/sociedad/d ... adena-ser/
La cosa es que se ha dictado una sentencia de prisión contra dos directivos de la cadena SER por publicar en la web de la citada cadena unas listas de afiliaciones irregulares del PP madrileño, y que esto es delito hacerlo en internet y no en los medios de prensa escrita, televisiva ó radiofónica habituales? ¿porque internet es universal?
Algo me he debido perder, ó señores, Franco ha vuelto!
Vamos a ver si somos serios, si lo que hicieron esos directivos de la cadena SER es delito, será delito publicado en la hoja parroquial, en un periódico, en internet, en la radio...... y si no es delito en un periódico, no lo será en internet.......
Bueno, a ver si les pagan a algunos profesionales unos cursillos de reciclaje en su sector, que me parece que tras unos cuantos años pregonándose esto de la formación continua, hay estamentos profesionales que se han debido pasar por alto.
Otro día definiremos lo que es la prevaricación, ahora voy a ver si me entero mejor de la noticia, porque me da la impresión de que hoy estoy un poco cortito de entendederas.
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JO TA KE, SUGEA ZAPALDU ARTE !!!
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Re: ¿prisión por publicar hechos noticiables?
Habría que leer detenidamente los razonamientos de la sentencia, así como está en el periódico del enlace la verdad es que no tiene mucho sentido lógico, para los comunes de los mortales.
De todas formas, en cuanto a sentencias judiciales, hay verdaderos disparates, muy bién razonados, eso sí, pero para el ciudadano de a pie le chirrian bastante
De todas formas, en cuanto a sentencias judiciales, hay verdaderos disparates, muy bién razonados, eso sí, pero para el ciudadano de a pie le chirrian bastante
Re: ¿prisión por publicar hechos noticiables?
http://ecodiario.eleconomista.es/espana ... u-web.html
http://periodismoiecsucv.blogspot.com/2 ... ralel.html
me parece que si no se corrige esa sentencia, lo de universalidad va a generar muchos motivos de conflictos en más de un campo
PD: qué bueno el regreso del tio patxi. Así más de uno podrá comparar realmente lo que significó su ausencia
http://periodismoiecsucv.blogspot.com/2 ... ralel.html
me parece que si no se corrige esa sentencia, lo de universalidad va a generar muchos motivos de conflictos en más de un campo
PD: qué bueno el regreso del tio patxi. Así más de uno podrá comparar realmente lo que significó su ausencia
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Zigor
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Re: ¿prisión por publicar hechos noticiables?
Jeje, sí, como analista, no dejo títere con cabeza, lo sé, critico a todos los colectivos, con acidez a veces, menos mal que el estado de derecho nos trae una independencia judicial que permite que los jueces decidan de forma independiente, pero que no por ello tras sus decisiones judiciales no podamos despellejar un poco las sentencias.
En este aspecto a todas las personas, incluso a los analistas críticos, se nos puede achacar subjetividad. Es obvio que cada uno puede comulgar más con unas ideas que con otras, pero hay detalles que se deben cuidar, como es el de la definición de las cosas. Si se define coche como vehículo de 4 ruedas con un motor, y no se extiende más la definición, no se le puede negar a un cochecito de pedales al que se le quiten éstos y se le ponga un motor de segadora la clasificación como coche. Lo que puede haber fallado es la definición. Siguiendo, si se define como delito publicar cierta información, qué más da que sea en un periódico ó en internet. Y si no es delito lo mismo dará el medio. Y si es un hecho noticiable desde el punto de vista de la Justicia, eso significa que ponerlo como noticia donde sea no es delito.
En fin, se tendrán que aclarar un poco con las definiciones, porque esto al final va a quedar ó como malentendido, ó como enmienda al magistrado tras recurso, ó como otra salida a Europa (y ojo que malo es para un estado miembro de la UE que demasiadas cosas de casa tengan que ir al TEDH) ó como querella hacia el magistrado por posible prevaricación.
Por otro lado, en estos días en que se desestima finalmente llevar para adelante judicialmente a Ibarretxe, López y Ares como imputados por hacer como dirigentes políticos lo que González, Aznar y Zapatero también hicieron a nivel mayor, se admite a trámite la querella contra el magistrado Baltasar Garzón por prevaricación al mostrarse competente para abrir la causa contra los crímenes del franquismo. Buenos amigos falangistas se han unido a rubricar junto a otras sociedades ultraderechistas esta querella, en la que calculo que volverán a brindar a la sociedad española un placentero espectáculo de dar pena, porque la defensa del magistrado tiene una baza legal muy relevante, como es que si un juez se muestra competente ó no, tiene instancias superiores que deben considerar y refrendar si procede su competencia, ya que no depende en exclusiva de él esa competencia, como sí depende de un juez sólo la sentencia que dicta, ó un auto de procesamiento. Por tanto, un juez no tiene posibilidad de prevaricar al iniciar una investigación de oficio, sólo se da la posibilidad al emitir una sentencia si no se atañe a derecho a sabiendas del propio juez. No soy un jurista, y se me puede corregir al respecto si procede, pero sé lo suficiente para comprender que donde la ultraderecha ó la ultraizquierda ponen el ojo con intenciones de derribo, se avista una condecoración democrática para el objeto de derribo.....
Porque estoy convencido de que el problema de ETA no tiene una lejana solución, y no veo probable que vayamos a necesitar un recrudecimiento de la ley de partidos que tan beneficiosa se ha mostrado para la lucha contra los criminales de ETA y su entorno de apoyo, pero si alguna vez esa ley se debiera endurecer ó apuntillar contra artimañas de ETA, se andaría rozando algún punto de cercanía para ilegalizar a algunos grupos ultraderechistas, así que sea por su bien y por el de no dar penosos espectáculos que se porten un poquito coherentemente con la convivencia y con el estado de derecho, aunque a algunos les fastidie mucho "esta p.uta democracia de los co.jones" que es una frase que le quedó fenomenal a Pepe Sancho encarnando al Teniente General Milans del Bosh en la miniserie del 23-F de TVE.
Hay gente que piensa que se debe conseguir que no se deje de hablar de uno, sea mal ó bien, pero que se hable de uno para no desaparecer. Qué lástima!
En este aspecto a todas las personas, incluso a los analistas críticos, se nos puede achacar subjetividad. Es obvio que cada uno puede comulgar más con unas ideas que con otras, pero hay detalles que se deben cuidar, como es el de la definición de las cosas. Si se define coche como vehículo de 4 ruedas con un motor, y no se extiende más la definición, no se le puede negar a un cochecito de pedales al que se le quiten éstos y se le ponga un motor de segadora la clasificación como coche. Lo que puede haber fallado es la definición. Siguiendo, si se define como delito publicar cierta información, qué más da que sea en un periódico ó en internet. Y si no es delito lo mismo dará el medio. Y si es un hecho noticiable desde el punto de vista de la Justicia, eso significa que ponerlo como noticia donde sea no es delito.
En fin, se tendrán que aclarar un poco con las definiciones, porque esto al final va a quedar ó como malentendido, ó como enmienda al magistrado tras recurso, ó como otra salida a Europa (y ojo que malo es para un estado miembro de la UE que demasiadas cosas de casa tengan que ir al TEDH) ó como querella hacia el magistrado por posible prevaricación.
Por otro lado, en estos días en que se desestima finalmente llevar para adelante judicialmente a Ibarretxe, López y Ares como imputados por hacer como dirigentes políticos lo que González, Aznar y Zapatero también hicieron a nivel mayor, se admite a trámite la querella contra el magistrado Baltasar Garzón por prevaricación al mostrarse competente para abrir la causa contra los crímenes del franquismo. Buenos amigos falangistas se han unido a rubricar junto a otras sociedades ultraderechistas esta querella, en la que calculo que volverán a brindar a la sociedad española un placentero espectáculo de dar pena, porque la defensa del magistrado tiene una baza legal muy relevante, como es que si un juez se muestra competente ó no, tiene instancias superiores que deben considerar y refrendar si procede su competencia, ya que no depende en exclusiva de él esa competencia, como sí depende de un juez sólo la sentencia que dicta, ó un auto de procesamiento. Por tanto, un juez no tiene posibilidad de prevaricar al iniciar una investigación de oficio, sólo se da la posibilidad al emitir una sentencia si no se atañe a derecho a sabiendas del propio juez. No soy un jurista, y se me puede corregir al respecto si procede, pero sé lo suficiente para comprender que donde la ultraderecha ó la ultraizquierda ponen el ojo con intenciones de derribo, se avista una condecoración democrática para el objeto de derribo.....
Porque estoy convencido de que el problema de ETA no tiene una lejana solución, y no veo probable que vayamos a necesitar un recrudecimiento de la ley de partidos que tan beneficiosa se ha mostrado para la lucha contra los criminales de ETA y su entorno de apoyo, pero si alguna vez esa ley se debiera endurecer ó apuntillar contra artimañas de ETA, se andaría rozando algún punto de cercanía para ilegalizar a algunos grupos ultraderechistas, así que sea por su bien y por el de no dar penosos espectáculos que se porten un poquito coherentemente con la convivencia y con el estado de derecho, aunque a algunos les fastidie mucho "esta p.uta democracia de los co.jones" que es una frase que le quedó fenomenal a Pepe Sancho encarnando al Teniente General Milans del Bosh en la miniserie del 23-F de TVE.
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JO TA KE, SUGEA ZAPALDU ARTE !!!
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Re: ¿prisión por publicar hechos noticiables?
La otra cara de la moneda
MANIPULACIÓN DE LA SENTENCIA
Güemes desmonta el artículo de Javier Pradera sobre la condena a la SER
Mientras Gallardón se ha apresurado a salir en defensa de sus amigos de la Cadena SER, Juan José Güemes, en su blog, pone en evidencia la manipulación del artículo de Javier Pradera en El País sobre la condena a los dos periodistas que publicaron datos de afiliados del PP. »
El secretario de comunicación del PP de Madrid y consejero de Sanidad de la Comunidad, Juan José Güemes, ha respondido a Javier Pradera que publicó un artículo en El País en defensa de los dos periodistas de la SER, condenados por publicar los datos de varios afiliados del PP de Madrid, en concreto de Villaviciosa de Odón.
En su blog y con el mismo título que utilizó Pradera, “Sostenerla y no enmendarla”, Güemes replica a Pradera y evidencia punto por punto la manipulación de la sentencia por parte del periodista del diario de Prisa. Por su interés, reproducimos a continuación de forma íntegra la respuesta de Juan José Güemes:
El País publicó ayer un articulo de Javier Pradera titulado “Sostenerla y no enmendarla”, sobre la sentencia que condena a dos altos directivos de la Cadena Ser por publicar los nombres y otros datos personales de afiliados al Partido Popular. En dicho articulo, Pradera manipula el contenido de dicha resolución judicial y confunde deliberadamente el sentido de la misma. Aquí tenéis la réplica:
1. Afirma Javier Pradera que existe una “consolidada jurisprudencia constitucional que reconoce la prevalencia del derecho de los ciudadanos a una información veraz sobre los asuntos de interés público”. Siendo esto cierto, aunque con matices en función de los casos concretos, no lo es menos que lo que nunca han dicho el Tribunal Constitucional ni el Tribunal Supremo es que el derecho a la información justifique la comisión de delitos tipificados en el Código Penal.
2.Dice Javier Pradera en su artículo que “paradójicamente, la sentencia reconoce, en cambio, la veracidad de la información difundida en junio de 2003, primero a través de los micrófonos de la SER y después por la Web de la Cadena Ser, sobre 78 afiliaciones irregulares (no ajustadas a los procedimientos estatutarios) en la agrupación del PP de Villaviciosa de Odón…”
Si se lee detenidamente la sentencia del Juzgado de lo Penal nº 16 de Madrid se podrá comprobar que tal afirmación es simplemente falsa. El Juez penal está juzgando unos hechos como constitutivos de un delito de revelación de secretos sancionados por el artículo 197 del Código Penal, y no entra en valorar la veracidad de la información porque ese no es su cometido.
Lo que sí se considera como HECHO PROBADO en la página 4 de la Sentencia del Juzgado de lo Penal nº 16 de Madrid, es que los acusados “el día 17 de junio de 2.003, en calidad de director y subdirector respectivamente de la cadena de radio Cadena Ser, cedieron a la sociedad Ser.com los nombres, apellidos y afiliación al Partido Popular de setenta y ocho (78) ciudadanos de la localidad de Villaviciosa de Odón (Madrid)…. tal lista de afiliados con los datos personales con los datos personales citados era de uso exclusivo del Partido Popular y carecían los acusados de la necesaria autorización de las personas afectadas para proceder a su publicación”.
Este es el único hecho probado en la sentencia, Sr. Pradera, y reto a que me cite la página, párrafo y línea donde el Juez se pronuncia sobre la veracidad de la información difundida por la SER respecto a las que denomina “afiliaciones irregulares”.
3. Continua el Sr. Pradera en su artículo argumentando que “ningún periodista podrá dormir cuando recuerde la cantidad de veces que ha bordeado los abismos del delito por dar el nombre de los parlamentarios y concejales populares o de sus delegados a los congresos y convenciones nacionales, regionales y municipales, publicar los organismos de sus cargos internos y las listas de sus candidatos externos a mil y una elecciones e ilustrar fotográficamente las reportajes sobre mítines y manifestaciones”.
El Sr. Pradera confunde malintencionadamente a los lectores, porque la sentencia que critica no se refiere a cargos públicos electos o a personas que ejercen públicamente responsabilidades dentro de un partido político. No. La sentencia sanciona la cesión y revelación de datos protegidos por la ley de 78 militantes de base del Partido Popular sin su previo consentimiento.
4. Lo que olvida deliberadamente mencionar en su artículo el Sr. Pradera es que la defensa de los dos periodistas en este juicio descansa fundamentalmente en argumentar que la Cadena Ser es algo totalmente distinto de la página Web de la Cadena Ser y que fue esta última y no la radio, la que publicó el listado de los militantes del PP de Villaviciosa de Odón sin su consentimiento previo.
Es decir, que los responsables fueron los de la Cadena SER.com y no los de la Cadena SER. Posteriormente, en la fase de instrucción, sí que tuvieron que reconocer que ordenaron la publicación de los listados con los datos personales de los afiliados en Cadena Ser.com (página 18 de la sentencia).
5. En definitiva, no estamos ante una condena a unos periodistas por informar u opinar sino por revelar datos que por su especial sensibilidad tienen la mayor protección por parte del ordenamiento jurídico. Como bien dice la sentencia en su página 23, apoyada por jurisprudencia del Tribunal Supremo, “lo noticiable no era la afiliación de determinadas personas revelando sus datos (nombre, apellidos e, incluso, domicilio) …”
EX NOTITIA VICTORIA
“Non aurum sed ferrum liberanda patria est”
EXPLURIBUS UNUM
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Zigor
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Re: ¿prisión por publicar hechos noticiables?
Me parece adecuado conocer todos los puntos de vista, y la verdad es que no he destinado nada de tiempo a estudiar la sentencia propiamente, pero socialmente siempre me ha parecido amargo y mezquino seguir aquel dicho de "la mejor defensa es un buen ataque", y esa forma de proceder se ha venido dando en los colectivos más intransigentes que en España vamos conociendo, todos aquellos para los que su ideal está por encima de todas las cosas (excepto Dios en el caso de los intransigentes de derechas y el comité camarada en los intransigentes de izquierdas) y es intocable e indiscutible.
Ahora bien, veamos si el tema de no equiparar internet con los preexistentes medios de comunicación es simplemente un invento de los partidarios de los acusados, ó es algo que emana de la sentencia, porque si se trata de lo segundo mal asunto para la Justicia en este país. Si se trata de lo primero, mal asunto para los acusados, porque no les saldrá bien el tema, pero en caso contrario, sacarán adelante algún tipo de recurso, y alguien tendrá que no sólo reciclarse en nuevas tecnologías, sino admitir que al fin y al cabo, el delito informático ó telemático no es una clase especial de delito, sino que es el mismo delito de toda la vida, que aprovecha unos métodos telemáticos que antes de los 90 eran futuribles, en los 90 eran para el uso y disfrute de sólo una parte de la población, y del 2000 en adelante se ganaron la universalización y normalidad en la sociedad.
Clarificar eso creo que nos interesa mucho, además, a ver si se va a generalizar que el medio de defensa de los culpables de algo sea ir a derribar a quienes les acusan de ello. Existe la presunción de inocencia en un punto contrapuesto a la acusación ó exposición de hechos irregulares ó ilegales, pero ambas se deben poder dar. En el caso de los de la SER el patinazo lo dieron al revelar datos personales de esa lista de personas, debieran tal vez haber denunciado la situación, y haber puesto como hecho noticiable la circunstancia denunciada. Aprenderán para otras veces, eso seguro que sí.
Es gracioso que ese pique entre las dos Españas haya ido a parar al ámbito del poder mediático en los últimos años, otra de las cosas que trae la democracia. Todavía queda mucho por aprender en esta sociedad en la que llevamos demasiados años eligiéndose al partido político en el poder por el método del castigo hacia el que la mayoría de la ciudadanía quiere que no salga ganador.
¿Cómo seremos dentro de 30 años?
Ahora bien, veamos si el tema de no equiparar internet con los preexistentes medios de comunicación es simplemente un invento de los partidarios de los acusados, ó es algo que emana de la sentencia, porque si se trata de lo segundo mal asunto para la Justicia en este país. Si se trata de lo primero, mal asunto para los acusados, porque no les saldrá bien el tema, pero en caso contrario, sacarán adelante algún tipo de recurso, y alguien tendrá que no sólo reciclarse en nuevas tecnologías, sino admitir que al fin y al cabo, el delito informático ó telemático no es una clase especial de delito, sino que es el mismo delito de toda la vida, que aprovecha unos métodos telemáticos que antes de los 90 eran futuribles, en los 90 eran para el uso y disfrute de sólo una parte de la población, y del 2000 en adelante se ganaron la universalización y normalidad en la sociedad.
Clarificar eso creo que nos interesa mucho, además, a ver si se va a generalizar que el medio de defensa de los culpables de algo sea ir a derribar a quienes les acusan de ello. Existe la presunción de inocencia en un punto contrapuesto a la acusación ó exposición de hechos irregulares ó ilegales, pero ambas se deben poder dar. En el caso de los de la SER el patinazo lo dieron al revelar datos personales de esa lista de personas, debieran tal vez haber denunciado la situación, y haber puesto como hecho noticiable la circunstancia denunciada. Aprenderán para otras veces, eso seguro que sí.
Es gracioso que ese pique entre las dos Españas haya ido a parar al ámbito del poder mediático en los últimos años, otra de las cosas que trae la democracia. Todavía queda mucho por aprender en esta sociedad en la que llevamos demasiados años eligiéndose al partido político en el poder por el método del castigo hacia el que la mayoría de la ciudadanía quiere que no salga ganador.
¿Cómo seremos dentro de 30 años?
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Re: ¿prisión por publicar hechos noticiables?
"Igualico igualico que el defunto de su aguelico" que decía el de los tebeos de Agamenon.Zigor escribió:
Todavía queda mucho por aprender en esta sociedad en la que llevamos demasiados años eligiéndose al partido político en el poder por el método del castigo hacia el que la mayoría de la ciudadanía quiere que no salga ganador.
¿Cómo seremos dentro de 30 años?
Zigor, la historia nos dice que los españoles no escarmentamos y me encantaría estar equivocado
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Zigor
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Re: ¿prisión por publicar hechos noticiables?
De momento en política, mal no nos vendría romper con eso de las dos Españas enfrentadas y aprender de los errores del pasado. Tienes a un tipo como el presidente de los EEUU, que ante ciertas situaciones se reune con los anteriores presidentes para debatir. Mal no vendría en este país que el presidente se reuniera con sus antecesores en el cargo con cierta frecuencia, a la vez que el hecho de que ellos, con independencia del partido político en el que militan, acudieran con agrado y sentido de estado.
Pero en España parece ser que lo institucionalizado es que el PP se tiene que llevar mal con el PSOE, y viceversa. Debe ser por eso que a poca gente altamente capacitada le interesa estar en la política española.
Pero en España parece ser que lo institucionalizado es que el PP se tiene que llevar mal con el PSOE, y viceversa. Debe ser por eso que a poca gente altamente capacitada le interesa estar en la política española.
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Re: ¿prisión por publicar hechos noticiables?
Y tu te imaginas a ZP llamando a Aznar para pedirle consejo o debatir con él en la Moncloa?
Ni en el foro vamos.
Y que conste que me encantaría que así se realizase, por el bien de todos, tienes más razón que un Santo amigo, pero ........"estos bueyes tenemos...... con ellos aramos"
Ni en el foro vamos.
Y que conste que me encantaría que así se realizase, por el bien de todos, tienes más razón que un Santo amigo, pero ........"estos bueyes tenemos...... con ellos aramos"
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Re: ¿prisión por publicar hechos noticiables?
Pues sí, ni Zapatero llamaría a Aznar, ni Aznar habría llamado a González, y por otro lado no me puedo imaginar la respuesta de los posibles llamados, y mira que lo bonito sería imaginar un SÍ incondicional. Al señor Suárez en este caso le cobija un mayor respeto y afecto en su larga enfermedad; recuerdo las palabras de su hijo representándole en un acto institucional del estado, en las que decía que su padre en este momento sólo entendía los afectos, pero no las palabras.
Pues lo cierto es que hay asuntos de estado en los que junto al presidente del Gobierno deberían estar los anteriores presidentes, y el líder del principal partido de la oposición como poco.
Pues lo cierto es que hay asuntos de estado en los que junto al presidente del Gobierno deberían estar los anteriores presidentes, y el líder del principal partido de la oposición como poco.
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